La Corte declara constitucional la renovación del estado de excepción por grave conmoción interna
El pleno del organismo emitió su pronunciamiento sobre la medida decretada para frenar el avance delincuencial
La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo del presidente Guillermo Lasso que el 18 de noviembre de 2021 renovó por 30 días más la declaratoria del estado de excepción por grave conmoción interna en nueve provincias.
La medida se dispuso para El Oro, Guayas, Santa Elena, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos. Inicialmente Lasso había decretado la excepción el 18 de octubre por grave conmoción interna en todo el territorio nacional porque consideró que había circunstancias que han afectado gravemente a los derechos de la ciudadanía debido al aumento en actividad delictiva. La Corte, sobre ese documento, emitió la constitucionalidad condicionada y se redujo a las nueve provincias.
La última resolución contó con el voto de seis miembros de la Corte. Salvaron su voto tres vocales del organismo.
La Corte ratificó y extendió el contenido de su dictamen sobre el primer decreto de excepción relacionado con la constitucionalidad de las medidas adoptadas en el marco de la renovación de la disposición presidencial.
Lasso renueva el estado de excepción en las cárceles por 30 días más
Leer másIndicó que la medida de movilización de las Fuerzas Armadas se restringirá a los operativos en los que cumplan exclusivamente funciones complementarias a las de la Policía, siempre que se encuentre suficientemente justificada su intervención y se respete el principio de proporcionalidad.
Dispuso que una vez que concluya el período de vigencia, el presidente remita a la Corte Constitucional el informe correspondiente con las medidas concretas adoptadas para superar la crisis por el desbordamiento de los actos delictivos y las medidas que se adoptarán a corto, mediano y largo plazo a efectos de fortalecer el sistema de seguridad interna del Estado.
Finalmente recalcó que es un deber del Estado "articular y adoptar las medidas oportunas y eficaces, previstas en el régimen ordinario, a efectos de superar las barreras estructurales que ocasionan los graves problemas del incremento en la actividad delincuencial".
Inicialmente el decreto suscrito por Lasso extendía la medida por 60 días pero la Corte disminuyó los plazos y condicionó que los militares solo podrán apoyar a la Policía en el caso de que esa ayuda sea debidamente justificada.
El objetivo del mandatario era "precautelar los derechos de las personas en Ecuador así como controlar las circunstancias de inseguridad que se han generado", se señaló en un comunicado.
Durante el primer estado de excepción, según la información oficial, policías y militares habrían ejecutado más de 230.000 operativos y desarticulado 76 bandas. Además del decomiso de 16 toneladas de droga y la detención de cerca de 7.000 personas, de acuerdo con la información del Ministerio de Gobierno.
🔴BOLETÍN | Este Organismo declara constitucional la renovación del estado de excepción por grave conmoción interna y recuerda al Estado que debe articular medidas eficaces para controlar el incremento de la actividad delincuencial.
— Corte Constitucional (@CorteConstEcu) November 30, 2021
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