JORGE YUNDA
Destitución. El 3 de junio de 2021, Jorge Yunda fue destituido de la Alcaldía del Distrito Metropolitano.ARCHIVO

Se ratifica suspensión de derechos políticos de Jorge Yunda

La Corte Constitucional inadmitió la acción extraordinaria de protección que presentó el exalcalde de Quito

La Corte Constitucional falló en contra del exalcalde de Quito, Jorge Yunda, al inadmitir la acción extraordinaria de protección que presentó en septiembre de 2023. Yunda seguirá con sus derechos políticos suspendidos por dos años y deberá pagar la multa de 30 salarios básicos.

La imagen de la reunión de la ministra Sade Fritschi se publicó en redes sociales del autoproclamado líder de Kailasa.

Ministra del Ambiente, Sade Fritschi, se reunió con delegado de país inexistente

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En octubre de 2021, tras una denuncia de Santiago Guarderas, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dictaminó la responsabilidad de Jorge Yunda en una infracción electoral muy grave y le impuso la suspensión de sus derechos políticos por tres años y una multa de 50 salarios básicos.

Sin embargo, en segunda instancia, se le concedió parcialmente el recurso de apelación y disminuyó la sanción a 2 años sin derechos políticos y una multa de 30 salarios básicos. Luego, Yunda y los demás denunciados presentaron una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional.

Pese a los argumentos de Yunda sobre la presunta violación de su derecho al debido proceso, entre otras alegaciones, la sentencia de la Corte Constitucional sostiene que su demanda "carece de relevancia constitucional" porque no hay una vulneración grave a sus derechos, entre otros argumentos.

La Corte Constitucional también inadmitió las acciones extraordinarias de protección presentadas por Raúl Mariño Hernández, juez de La Corte Provincial de Pichincha, y María Belén Domínguez, exjueza de Pichincha procesada por presunto tráfico de influencias en el caso de Jorge Yunda. Ellos tienen que pagar una multa equivalente a 25 salarios básicos.

En su sentencia, la Corte Constitucional resalta que su decisión no es susceptible a recurso alguno por lo que precedió a archivar la causa y regresar el expediente al Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

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