¿Cómo reclamar el fondo de cesantía del IESS si mi familiar muere?
El fallecimiento de un afiliado no significa la pérdida de sus ahorros. Descubre cómo acceder al Fondo de Cesantía
El fondo de cesantía es un mecanismo de ahorro obligatorio que los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) acumulan durante su vida laboral. Este fondo se nutre del 2% del aporte mensual del trabajador y es registrado en las cuentas individuales de cesantía. Su principal objetivo es proporcionar un respaldo económico al afiliado cuando se encuentra sin empleo o al momento de su jubilación, ofreciendo así una red de seguridad financiera en momentos críticos.
¿Qué pasa con el fondo de cesantía si el afiliado fallece?
Una pregunta común entre los afiliados es qué ocurre con estos fondos en caso de fallecimiento. Es importante aclarar que los ahorros no se pierden. Si el afiliado ha acumulado al menos dos años consecutivos de aportes, sus beneficiarios pueden acceder a los fondos. Los beneficiarios principales incluyen:
- El cónyuge o conviviente en unión de hecho.
- Hijos menores de 18 años o hijos con alguna discapacidad.
- Si el afiliado era soltero, los padres recibirán el dinero.
Para iniciar este proceso, los beneficiarios deben llenar la "Solicitud de Retiro de Fondos de Cesantía y Fondos de Reserva por fallecimiento", que se puede descargar desde la página web del IESS. El trámite se realiza de manera digital y presencial, presentando los documentos necesarios en los Centros de Atención al Ciudadano (CAU) del IESS en todo el país.
Requisitos para retirar los fondos en caso de fallecimiento
Entre los documentos que los beneficiarios deben presentar se encuentran:
- Partida de defunción original.
- Copia de la cédula del fallecido.
- Partida de matrimonio actualizada.
- Copia de cédula y papeleta de votación del cónyuge y los hijos.
- Certificado bancario validado por el IESS.
- Copia certificada de la posesión efectiva otorgada por la notaría.
Este proceso asegura que los fondos acumulados sean entregados a los familiares, brindando un alivio económico en un momento difícil.
Procedimiento para el retiro de fondos por cesantía
Melanie Chamorro, abogada experta en temas laborales, explica que el retiro de fondos de cesantía también está disponible para quienes se encuentran desempleados por un mínimo de 60 días, siempre y cuando cumplan con 24 aportaciones no simultáneas. Además, el afiliado no debe tener préstamos quirografarios pendientes, ya que de lo contrario el sistema no permitirá avanzar con la solicitud.
IESS: ¿Qué hacer si mi empleador no está cumpliendo con los aportes?
Leer másEl trámite puede realizarse en línea a través del portal web del IESS, en la sección de "Servicios en línea". Una vez que se ingresa al sistema con la cédula y clave personal, se puede verificar el saldo disponible y solicitar el retiro. Es importante que el afiliado haya registrado previamente una cuenta bancaria donde se hará el depósito, el cual se acredita en un plazo de 3 a 5 días laborables.
¿Y si la persona ya está jubilada?
En caso de jubilación, el afiliado puede acceder inmediatamente al retiro de sus fondos de cesantía, siempre que no mantenga deudas por préstamos quirografarios. Según la normativa, el IESS tiene un plazo máximo de 30 días para depositar los valores correspondientes, contados desde el día en que se presentó la solicitud.
Este sistema de cesantía está diseñado para ofrecer seguridad financiera, no solo al trabajador durante su vida laboral, sino también a sus seres queridos en caso de fallecimiento, asegurando que los ahorros acumulados sean entregados de manera justa y rápida.
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