PRESIDENTE ECUADOR DANIEL NOBOA
El presidente Daniel Noboa durante en eventos de agenda en territorio.TOMADO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Reforma permite a empresas extranjeras participar en concurso de frecuencias

Mediante Decreto Ejecutivo el presidente de la República Daniel Noboa reformó la Ley de Comunicación 

Este 19 de noviembre de 2024, el presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo 461, mediante el cual se reforman dos artículos de la Ley de Comunicación de Ecuador para habilitar la participación de personas o empresas extranjeras en el concurso de frecuencias.

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La decisión fue anunciada por la Secretaría de Comunicación en un comunicado publicado en redes sociales.

No obstante, el decreto establece ciertos requisitos para la participación de estos actores, especificando que deben ser considerados accionistas o socios de las empresas relacionadas con el sector. El cambio se incorpora al final del artículo 3 de la normativa, con el siguiente escrito:

"Podrán ser accionistas o socios de medios de comunicación nacionales y participar en el proceso público competitivo y equitativo de frecuencias, las compañías o ciudadanos extranjeros de países que hayan suscrito acuerdos comerciales con el Ecuador, que sirvan como marco para la creación de proyectos e iniciativas para el desarrollo de la productividad y competitividad de las Partes, conforme a la reglamentación determinada por la autoridad de telecomunicaciones."

No es el primer cambio relacionado al concurso de frecuencias 

El pasado 14 de octubre, el jefe de Estado emitió un decreto con 16 artículos y dos disposiciones transitorias, en el cual se ordenó la regulación de las concesiones de frecuencias para servicios de radiodifusión y televisión.

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En el documento, se estableció la prohibición de que los medios de comunicación social de alcance nacional pertenezcan a organizaciones o compañías extranjeras domiciliadas fuera del Ecuador, así como a ciudadanos extranjeros que no residan de forma regular en el país.

Adicionalmente, se dispuso que ninguna persona natural o jurídica podrá adjudicarse más de una concesión de frecuencia de radio en AM, FM o televisión en todo el territorio nacional.

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