Adolescentes infractores
Actualmente, el tiempo máximo de internamiento de un adolescente infractor es de ocho años.Foto: archivo

Los retos que enfrenta Ecuador para la justicia adolescente

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La actuación de adolescentes en hechos delictivos requiere analizar estrategias para evitarlo. En la búsqueda de medidas, fluyen ideas que deben ser profundamente debatidas. Una de las opciones surgió durante el actual período de la Asamblea.

En el Legislativo, se trató el Código Orgánico de Protección Integral de Niños y Adolescentes (Copinna). Uno de los temas discutidos sobre el proyecto de ley fue el juzgamiento de los adolescentes implicados en ilícitos. El análisis se concentró en una interrogante de trascendencia: ¿es necesario juzgar como adultos a los jóvenes implicados en delitos graves? No hubo un criterio unánime al respecto.

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En la Comisión Permanente de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo del proyecto, se presentó un informe de mayoría para el segundo debate. En el documento se mantienen los ocho años de pena máxima de internamiento para un adolescente infractor.

El asambleísta Jorge Peñafiel, integrante de la comisión, estuvo en contra y presentó un informe de minoría, en el cual sí se consideran cambios. “Si no atendemos el tema de los adolescentes infractores como una fuente de criminalidad, no vamos a resolver el problema del crimen organizado”, dijo.

Sanciones como a adultos, una propuesta

Su propuesta es que aquellos de 12 a 17 años, vinculados al crimen organizado y que cometan delitos contra la vida (asesinato, homicidio, sicariato y femicidio), sean sancionados como adultos. Con esa premisa, tendrían sentencias privativas de libertad que duren el mismo tiempo que las de los adultos.

Estas condenas, propone Peñafiel, inicialmente deben ser cumplidas en un Centro de Adolescentes Infractores hasta los 18 años. Luego, si aún queda tiempo pendiente de encarcelamiento, debe culminarse en un centro de rehabilitación social de adultos.

“Actualmente, si un joven de 17 años comete un asesinato, se lo sanciona con un máximo de ocho años y los pasa en un centro de privación de menores; es decir, no se está haciendo justicia. El sistema está permitiendo que compartan un centro de menores con adultos”, comenta.

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Lo cierto es que, en noviembre de 2024, cuando estaba previsto realizar el segundo y definitivo debate del código, se decidió no efectuarlo para ampliar la discusión entre los asambleístas. Habrá que ver si queda anotado en el listado de asuntos pendientes para el próximo período de la Asamblea Nacional.

Ecuador, suscrito a una convención 

Jorge Luis Ortega, penalista, explica que Ecuador está suscrito a la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual exige a los países que tengan un sistema penal para los adolescentes infractores diferente al de los adultos. Por tanto, Ecuador, al estar suscrito, debe respetar y cumplir esas normas, que están por encima de la Constitución.

“Esto tiene un sentido, porque no estamos tratando con un ser humano en su totalidad desarrollado en su actividad física, psicológica, educativa, cultural, etcétera.”

En su criterio, no es adecuado que a los adolescentes se los sancione como adultos. “¿Qué es lo que reduce la criminalidad en un país? La no impunidad, en cierta medida. Que sepan las personas que van a cometer un delito o lo están cometiendo, que el sistema tiene una calidad elevada y va a evitar que ese delito quede impune”.

Julio César Cueva, abogado penalista y constitucionalista, opina que disminuir o no la edad a partir de la cual una persona puede ser juzgada como adulta debe analizarse desde parámetros psicológicos, antropológicos y sociológicos, para determinar a qué edad se tiene el pleno conocimiento de que no está bien cometer delitos.

El menor fue acusado de disparar contra el policía Édison Amable, quien murió tras el ataque.

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“La gente se pregunta por qué la mayoría de edad es a los 18 y no a los 20 ni a los 16. Eso tiene una explicación científica, no tiene que ver con el derecho. La explicación es que la parte del cerebro que controla ciertas conductas ya ha madurado”.

Analiza que, de llegar a penalizar a un adolescente como adulto en delitos graves como asesinato, prácticamente se le acaba la vida, porque pasaría gran parte de su juventud y adultez encarcelado. Eso no lo rehabilita, a menos que haya una fuerte estrategia para que, entre otras actividades, ocupe el tiempo de la sentencia para culminar el colegio o una carrera universitaria.

“Si tiene buenas notas, se le puede reducir la pena para que salga con ese conocimiento a trabajar (...). Lo de bajar la edad (para juzgar como adulto) es un tema técnico, que debe ir acompañado de políticas públicas para rehabilitar a esos chicos. Si no se los va a rehabilitar, entonces, ¿para qué están presos?”.

No hay una verdadera rehabilitación 

En su diagnóstico, el problema radica en que ni siquiera hoy en día se cumple con una verdadera rehabilitación en los Centros de Adolescentes Infractores, ni se cuenta con los recursos para rehabilitarlos. Al contrario, los jóvenes internados podrían convertirse en delincuentes más agresivos.

Hay un punto en el que sí coinciden los dos abogados consultados y el asambleísta: enfocar parte de los esfuerzos a sancionar al adulto que recluta adolescentes para que ejecuten actos delictivos. Sin embargo, Cueva refiere que el reto está en identificar quiénes son los reclutadores y poderlos condenar.

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