Para salir de Verónica Abad, el gobierno pierde la vergüenza
El sumario administrativo contra la vicepresidenta es una suma de barbaridades jurídicas
Todavía no lo tienen resuelto. Y les urge. El sumario administrativo iniciado en el Ministerio de Trabajo contra la vicepresidenta de la República, Verónica Abad, demuestra que la necesidad de sacársela del medio antes de que comience la campaña electoral, con el fin de no encargarle la presidencia mientras Daniel Noboa se lanza como candidato, sigue siendo una prioridad para Carondelet. Y que, en ese empeño, el presidente y su gabinete están dispuestos a ensayar cualquier delirio. En este caso, el proceso emprendido por la ministra Ivonne Núñez, por pedido de la canciller Gabriela Sommerfeld, es un compendio de ilegalidades y barbaridades jurídicas.
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La primera y más evidente: no se puede abrir sumarios administrativos contra autoridades de elección popular, por muy funcionarios públicos que sean. La Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) determina que las faltas disciplinarias, que son aquellas que dan lugar a la apertura de sumarios administrativos, sólo pueden ser sancionadas “por la autoridad nominadora” (del funcionarios sancionado, se entiende). Y como la vicepresidenta de la República no ha sido nombrada por nadie, sino electa, está claro que el proceso no se aplica en su caso.
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Leer másEl equívoco con el que el gobierno ha manejado el caso de la vicepresidenta desde el inicio de su delegación como embajadora en Israel es fácil de refutar. Consiste en creer que la canciller Gabriela Sommerfeld, como jefa del cuerpo diplomático, lo es también de Verónica Abad. Y así se comporta la canciller, por absurdo que suene: como jefa de la vicepresidenta. Sin embargo, el hecho de que ésta haya sido delegada por Daniel Noboa para cumplir la misión de embajadora en Israel no la hace menos vicepresidenta. Es más: la Constitución establece que las funciones del segundo mandatario son, aparte de sustituir al presidente, aquellas que el presidente le delegue, por tanto Verónica Abad es embajadora (ahora en su nuevo destino: Turquía) en tanto vicepresidenta. Y como embajadora debe coordinar acciones con la canciller, lo que no significa que esté obligada a obedecerla.
La canciller, sin embargo, no ha dejado de impartirle órdenes desde el primer día. Incluso se permitió mandarle que no diera declaraciones públicas sin su autorización. La última de estas órdenes, la de presentarse en Ankara el primero de septiembre, fue la que originó el actual problema. Verónica Abad no se presentó y la canciller pidió a la ministra de Trabajo que la sancionara, como si la vicepresidenta fuera su empleada. No lo es.
Un reglamento con dedicatoria
Lo que sigue no es menos aberrante que lo anterior: para poder sancionar a la vicepresidenta, la ministra Ivonne Núñez necesitó reformar el reglamento sobre el procedimiento del sumario administrativo, cosa que hizo al apuro y con dedicatoria. Lo hizo porque el anterior reglamento no permitía que el Ministerio de Trabajo tramitara solicitudes de sumarios administrativos contra funcionarios excluidos de la carrera del servicio público, es decir, autoridades de elección popular. El nuevo reglamento eliminó ese molestoso obstáculo, aun en contra de lo dispuesto en la LOSEP, y fue aprobado el 11 de septiembre.
Esto completa el cuadro de barbaridades jurídicas de esta historia: la vicepresidenta de la República está siendo sumariada por una funcionaria inferior en la escala administrativa y con un reglamento aprobado días después del cometimiento de su supuesta falta. Hasta el elemental principio de no retroactividad de la ley están dispuestos a violar el presidente y sus ministros con tal de librarse de Verónica Abad.
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Leer másLa ministra Ivonne Núñez no ha dicho que la finalidad de este proceso sea la destitución de la vicepresidenta: con ese muerto no carga ella. El periodista Carlos Vera se lo preguntó directamente esta semana y la ministra respondió con extrema cautela. Dijo que Verónica Abad “está siendo sumariada como servidora pública, no como vicepresidenta de la República”. Y ante la insistencia del entrevistador, pateó la pelotita para otro lado: “Vamos a ver lo que al final sucede en este caso hito del Ecuador”.
Con “caso hito” quiso decir “que ocurre por primera vez”. Y como hito, sienta un precedente. Uno nefasto, si es que Daniel Noboa (que al fin y al cabo es el que manda aquí) decide llevar esto hasta las últimas consecuencias: la destitución de Verónica Abad. Sería la mayor de esta larga serie de barbaridades jurídicas. Porque las causales de destitución de un mandatario (presidente o vicepresidente, da lo mismo) están claramente establecidos en la Constitución y entre ellas no figura la ridiculez del sumario administrativo. Ilegal, para colmo de males.
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