Salud da nuevos lineamientos para el ingreso al país
Solo los menores de 3 años están excluidos de presentar cualquiera de los requisitos que señala el comunicado del ministerio de ramo
Desde este 11 de febrero el ingreso al país por vía aérea tiene nuevos lineamientos para los mayores de 3 años según el Ministerio de Salud Pública (MSP).
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Leer másExisten tres opciones para el arribo al país: presentar certificado de vacunación COVID-19 con QR; carné de vacunación validado en el país de origen, con al menos 14 días de vigencia; o resultado negativo de la prueba RT-PCR hasta 72 horas previo al embarque.
Asimismo, los pasajeros deben reportar a la entidad aeroportuaria si en el momento del arribo al país se encuentran o no con síntomas relacionados a la COVID-19, o en tal caso, si se posee síntomas, acudir al centro de salud pública más cercano del su domicilio.
Si esa persona llegase a reportar síntomas en el centro aeroportuario, será evaluado por el personal de salud que se encuentre en el lugar, previo al ingreso al área de migración. Este procedimiento se hará independientemente de si la persona posea carné de vacunación con sus dosis completas o del resultado de la prueba PCR.
Los síntomas que se toman en cuenta son: fiebre, tos, malestar general, pérdida del olfato, pérdida del gusto, entre otros.
Si las autoridades sanitarias consideran que el caso del paciente es sospechoso de COVID-19, se le realiza una prueba rápida de hisopado de antígenos. De ser positiva, deberá realizar 10 días de aislamiento después de la fecha de toma de muestra.
Si la prueba es negativa, el aislamiento es optativo, pero si se deberá informar sobre el estado de los síntomas frecuentemente a las autoridades sanitarias.
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Leer másLa entidad en su comunicado aclaró que no se admitirá prueba de antígenos para el ingreso al país.
Añadió que toda persona que haya sido diagnosticada con la COVID-19 y que luego de un mes siga obteniendo un resultado positivo en la prueba PCR, podrá presentar un certificado médico emitido en el país de origen que avale su estado de salud de no estar en fase de contagio para el ingreso al Ecuador, siempre y cuando, tenga ausencia de síntomas.