
Segunda sentencia en contra de autores del crimen de una mujer y su hija
Tres hombres fueron hallados culpables como autor y coautores del asesinato. Todos recibieron 34 años y ocho meses de prisión
La Fiscalía Provincial del Guayas logró una segunda sentencia en contra de tres ciudadanos implicados en el asesinato de una mujer y su hija, registrado en una vivienda ubicada en una urbanización de la vía a Samborondón, la madrugada del 26 de septiembre de 2019.
Los jueces del Tribunal de Garantías Penales del cantón Durán, Gabriel Noboa, Felipe Sarmiento y Mónica Abad, acogieron las pruebas testimoniales y documentales presentadas por la Fiscalía y con las que determinaron la culpabilidad de los acusados, como autor y coautores del hecho. Los sujetos fueron condenados a 34 años y ocho meses de prisión. Además de una multa de mil salarios básicos unificados (394.000 dólares), cada uno; y una reparación integral por 100.000 dólares a los familiares de Olga Cruz Fuentes, de 68 años; y su hija Estefanía Egas Cruz, de 26.
Según se informó, el fiscal Jorge Sánchez Pico presentó en la audiencia más de catorce testigos y veinticinco pruebas documentales, para sustentar su acusación penal; entre esas, figuró la explotación de los teléfonos celulares de los procesados, la triangulación de llamadas, las pericias de audio y video a las cámaras de seguridad de una vivienda cercana al sitio donde ocurrió el crimen, el informe de inspección ocular técnica, el levantamiento de los cadáveres y los protocolos de autopsia de las víctimas.
Olga Cruz y su hija Estefanía Egas fueron encontradas sin vida. Estaban maniatadas y amordazadas y con síntomas de asfixia por estrangulamiento, en su domicilio, detalló la Fiscalía. Las investigaciones determinaron que los autores intelectuales serían Olga Vanessa Egas Cruz (hija y hermana de las víctimas) y su pareja sentimental, un expolicía que permanece prófugo.
En un primer proceso, Olga Vanessa fue sentenciada a treinta y cuatro años y ocho meses de cárcel. Ella habría cometido el crimen por una herencia que disputaba a su madre.

La investigación determinó que los ahora sentenciados fueron los autores materiales del doble crimen, por lo que la Fiscalía los procesó por el artículo 140, numerales 2 y 4 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), más las circunstancias agravantes determinadas en el artículo 42, numeral 3, y en el artículo 47, numerales 5 y 14, del mismo cuerpo legal.