Los sentenciados por cohecho en el caso Sobornos ya pueden pedir la casación
Este jueves el tribunal de apelación rechazó los pedidos de aclaración, ampliación y revocatoria de la sentencia
El tribunal que negó las apelaciones de los sentenciados en el caso Sobornos 2012-2016 consideró que no había nada que aclarar o ampliar en el fallo notificado a los 20 sentenciados por cohecho agravado.
La sentencia dictada "es lo suficientemente clara y motivada; en su texto no existen frases oscuras, ambiguas ni indeterminadas, resolviéndose todos los puntos sometidos a controversia, por lo que al no expresar con claridad y precisión las razones que sustentan su pedido, se niegan los recursos horizontales de aclaración y ampliación", señalaron los jueces presididos por David Jacho.
Tribunal ratifica la condena de Correa y 17 procesados en el caso Sobornos
Leer másLos sentenciados, encabezados por el expresidente Rafael Correa señalado por supuestamente integrar una red delincuencial dedicada a la captación de aportes ilegales de contratistas del Estado, recibieron ocho años de cárcel que fueron ratificados en la segunda instancia.
A Correa, sus cercanos colaboradores y a los empresarios les queda aún una alternativa para la ratificación de su inocencia y evitar que la sentencia se ejecutoríe. Eso es la casación. El recurso debe presentarse hasta el próximo viernes que finalizan los cinco días de plazo para la presentación del pedido.
El jueves el tribunal llamó la atención al exministro Wálter Solís y a su defensor quienes habían cuestionado que la 'extrema celeridad procesal' en el caso les habría coartado la posibilidad de interponer recursos de aclaración y ampliación en el tiempo establecido por la ley. El tribunal expuso que "el principio de celeridad es un mandato de optimización propio del sistema procesal, conocido incluso por estudiantes de pregrado de derecho".
Por eso, plantear incidentes procesales por la aplicación de dicho principio es un absurdo jurídico, que, según los jueces devela además, "el empleo de artimañas y procedimientos de mala fe para retardar indebidamente el progreso de la litis, soslayando el principio de buena fe y lealtad procesal".
El 7 de abril, en los inicios de la emergencia sanitaria por el coronavirus, los jueces anunciaron su sentencia en el caso Sobornos. Para 18 sospechosos hubo ocho años de condena. Para las colaboradoras Pamela Martínez y Laura Terán la pena fue de 38 y 19 meses, respectivamente.
Con la apelación se mantuvieron las penas para todos, excepto para el empresario Alberto Hidalgo declarado cómplice y quien recibió 32 meses de cárcel y para Terán fueron tres meses. Los jueces también dispusieron que la pérdida de derechos políticos ya no sea por 25 años como contemplaba la sentencia de primera instancia sino el tiempo igual al de la condena.