El ‘show’ de elegir a autoridades solo cambiaría de ‘circo’
De llegar a ganar el sí en la pregunta cinco de la consulta popular, se trasladará la facultad de designar autoridades del CPCCS a la Asamblea
Una pregunta que no trastoca el día a día de la gente, pero que sí desgasta la institucionalidad del país. El próximo 5 de febrero se celebrarán las elecciones seccionales, donde no solo se designarán a los futuros alcaldes, prefectos y concejales del país. También, Ecuador decidirá mediante el voto, si dar le o no paso a la reforma constitucional que busca, entre otras cosas, a través de una consulta popular de 8 preguntas, quitarle la facultad de designar a autoridades al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para que estos pasen a la Asamblea Nacional y, según el Gobierno Nacional, se convierta en un “proceso público que garantice la participación ciudadana y meritocracia”.
Todos contra el del grillete
Leer másPero, en qué perjudica o beneficia esta propuesta del Ejecutivo, que promueve que la elección de los titulares de las Superintendencias, Procuraduría y Contraloría General del Estado, Fiscalía, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Consejo de la Judicatura y los miembros del Consejo Nacional Electoral estén a cargo de la Asamblea Nacional, al ecuatoriano de a pie y al curso del país. En nada, dicen analistas políticos. “Solo erosiona la constitucionalidad del país, porque el show de elegir a estas autoridades pasará del CPCCS a la Asamblea Nacional. Y será más complejo aún, dice Daniel González, experto en procesos electorales y analista político, porque asegura que, de ganar el sí en esta pregunta, “ya no se necesitará 4 votos de los 7 consejeros del CPCCS, ahora requerirán la mayoría de votos de 137 asambleístas”.
Es más, González califica que el resultado de la aprobación de esta pregunta de la consulta popular será para el Gobierno de Guillermo Lasso como ‘un saludo a la bandera’, pues señala que para que se efectúe la enmienda constitucional, según las disposiciones transitorias, el Ejecutivo tiene un plazo de 180 días para remitir los proyectos de ley que regulen los cambios para su implementación. Plazo que está contemplado en los 365 días que tiene la Asamblea Nacional para aprobar las leyes reformatorias que regulen la enmienda. Estos tiempos corren a partir de la publicación de los resultados que arroje la consulta popular.
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Leer másEn ese sentido, González duda mucho de la “eficacia de la consulta popular, porque es un proceso que tomará un año y medio y en dos años estaremos eligiendo a nuevos asambleístas y presidente”. Entonces, dice González, hasta por estrategia política, el Parlamento, conociendo la relación que hay entre Legislativo y Ejecutivo, seguramente demorará el proceso para que sean las próximas autoridades quienes den a trámite”.
Hasta que el plazo del que habla González se cumpla, según las disposiciones transitorias de la enmienda, “todas las autoridades cuya designación le compete actualmente al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y que no han sido legalmente reemplazadas, debiendo serlo, se mantendrán prorrogadas en sus funciones”.
Finalmente, señala González, la pregunta 5 de la consulta popular no marca ningún cambio en el día a día de los ecuatorianos de a pie, “que todos los días debe salir a trabajar para poder comer. Por eso, quizás, muchos no presenten mayor atención a la consulta popular, porque preguntas como estas no representan un cambio en su vida ni en la democracia. Lo que va a ocurrir es que el show de elegir autoridades pasará del CPCCS a la Asamblea Nacional”.
Entonces, por qué plantear una enmienda constitucional que tardará un poco más de un año para ser implementada. Ismael Quintana, especialista en derecho constitucional, diagnostica que es justamente ese tiempo de espera el objetivo de la pregunta 5 en la consulta popular. “La trampa está en el régimen transición de esta pregunta que indica que, de aprobarse, los procesos de elección de autoridades quedan desiertos, de pleno derecho. Y las autoridades que actualmente están en funciones quedan prorrogadas. Es decir, en blanco y negro, tendremos autoridades prorrogadas por un año y medio”.
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Leer másEsta enmienda constitucional que trae consigo transiciones alargadas, es para Quintana “algo intrascendente o que no tiene mayor repercusión” para los ecuatorianos que acudirán el próximo 5 de febrero a las urnas para elegir autoridades y participar en la consulta popular que convocó el presidente Guillermo Lasso vía decreto N° 607. “Si le preguntan a los ciudadanos si prefieren que sea la Asamblea que elija las autoridades y no el CPCCS van a responder que les da lo mismo”.
En cuanto a la pregunta cinco de esta consulta, el mandatario justificó “que existen concursos bajo la responsabilidad del CPCCCS que no han concluido y que llevan en curso varios años”. Asimismo, reseña en el decreto, hay “otros procesos a cargo del CPCCS que también registran una demora excesiva, por ejemplo, los procesos más sencillos que ejecuta- los procesos por ternas- le toman al CPCCS 2.6 años en promedio”.
- PARA SABER
Suspensión
De ganar el sí, y tras la publicación de resultados, se declaran desiertos todos los procesos de designación que se están llevando a cabo por el CPCCS.
la cifra
Prórroga
Con el sí a favor, todas las autoridades cuya designación le compete actualmente al Consejo de Participación quedarán prorrogadas en sus funciones hasta que sean reemplazadas.
el detalle
Tiempos
Si gana el sí en esta pregunta, el presidente tendrá 180 días para emitir los proyectos de ley que regularán la reforma y la Asamblea tendrá un año para debatirlos en el pleno.