Suspenden audiencia de juicio contra Abdalá Bucaram
La defensa del agente de la AMT, involucrado en una supuesta trama de delincuencia organizada no se presentó
La audiencia preparatoria de juicio contra Abdalá Bucaram Ortiz, su hijo Jacobo Bucaram Pulley, y tres personas más por el delito de delincuencia organizada, programada para este martes 20 y 21 de febrero del 2024, fue suspendida debido a la inasistencia del abogado defensor de uno de los procesados.
Según la información proporcionada por la defensa de Abdalá Bucaram, Alfredo Arboleda, la audiencia se canceló porque el abogado Diego Córdova, defensor del exagente de la AMT Leandro Berrones, no compareció. A pesar de que los abogados de la defensa justificaron su ausencia, el tribunal resolvió declarar fallida la audiencia y sancionó a Córdova con dos salarios básicos, es decir 920 dólares. El abogado tiene 72 horas para justificar su ausencia, si en otra ocasión no se presenta, el implicado deberá aceptar la defensa pública.
"En este momento, no queda más que esperar a la próxima convocatoria del tribunal. La fecha aún no ha sido definida", mencionó Arboleda.
#AHORA | Caso #PuebasCovid_19AgentesAMT: se declara fallida la audiencia de juicio contra Abdalá B. O., Jacobo B. P. y 2 personas más, debido a que el abogado de Leandro B. (imputado) no acudió, por lo que fue multado. #FiscalíaEc los procesa por #delincuenciaorganizada. pic.twitter.com/gp0dnIfK1P
— Fiscalía Ecuador (@FiscaliaEcuador) February 20, 2024
Mientras tanto el expresidente Abdalá Bucaram se presentó a la audiencia de manera telemática, solo su abogado acudió a la audiencia.
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Leer másLa diligencia estaba prevista para las 08:30 en el Complejo Judicial, norte de Quito. Además de los Bucaram, están siendo investigados el ciudadano israelí Sheinman Oren y el exintegrante de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), Leandro Berrones.
En la audiencia oral de juzgamiento, el Tribunal debía decidir si declara culpables o no del delito de delincuencia organizada a los procesados. Cabe destacar que el pasado 14 de febrero, Berrones solicitó diferir la audiencia, pero su petición fue negada.
Según el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que el delito de delincuencia organizada cuando una "persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, financien de cualquier forma, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva, con el propósito de cometer uno o más delitos".
Según la Ley, en Ecuador la delincuencia organizada se sanciona con pena privativa de libertad de más de cinco años. En los casos en los que la persona que incurra en este delito tenga como objetivo la obtención de beneficios económicos u otros de orden material, se enfrenta a una pena de cárcel de siete a diez años.
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