El TCE acepta parcialmente la apelación del CNE, pero levanta la suspensión de cuatro movimientos políticos
El Tribunal señala que la medida cautelar es "desproporcionada" y que "no guarda relación con las garantías del debido proceso"
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) aceptó parcialmente la apelación que hizo el Consejo Nacional Electoral (CNE) con respecto a la suspensión de 'Fuerza Compromiso Social', 'Libertad es Pueblo', 'Justicia Social' y 'Podemos' y declaró válido el inicio del procedimiento administrativo electoral.
Sin embargo, ratificó la decisión de dejar sin efecto la suspensión de los partidos "Fuerza Compromiso Social", "Libertad es Pueblo", "Justicia Social" y "Podemos", por considerarla "desproporcionada" y que "no guarda relación con el debido proceso".
El TCE enreda más el nudo de la suspensión de cuatro movimientos políticos
Leer más"En relación al carácter de proporcional y oportuna de la medida cautelar en contra de 'Justicia Social, lista 11', este Tribunal advierte que la medida en referencia es desproporcionada y no guarda relación con las garantías del debido proceso que consagra la Constitución", señala el Tribunal compuesto por cinco jueces.
El CNE apeló el pasado 3 de agosto la sentencia de primera instancia que resolvió el juez Fernando Muñoz con respecto a la aplicación de la resolución PLE-CNE-7-21-2-2020, pues el magistrado consideró que no era "expresa, clara, completa, legítima y lógica".
El pasado 19 de julio, el CNE aprobó el informe jurídico que proponía la suspensión, como medida cautelar, de los movimientos políticos antes mencionados y basó su decisión en las recomendaciones de cumplimiento obligatorio que hizo la Contraloría General del Estado. El ente regulador aseguraba que los movimientos fueron inscritos de manera irregular y pidió que sean eliminados del padrón electoral.