El TCE niega audiencia en el caso de Atamaint contra periodista de este Diario
Tras la apelación presentada por la presidenta del CNE, el pleno del organismo dictará la sentencia definitiva
El Tribunal de lo Contencioso Electoral (TCE) no quiere escuchar más. Esta semana negó la solicitud de audiencia presentada por el periodista de Diario EXPRESO Roberto Aguilar en el caso que se ventila en su contra en esa corte.
Eduardo Carmigniani: "No se logró acobardar a la libre opinión"
Leer másAguilar fue acusado de violencia política de género por la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Diana Atamaint, quien se sintió ofendida por el contenido de un artículo suyo publicado en la página de opinión de este Diario.
El juez Fernando Muñoz falló a favor del periodista en primera instancia y la funcionaria, inconforme con la sentencia, presentó una apelación que fue aceptada a trámite. Ahora se espera la sentencia definitiva del pleno del TCE sobre la base de lo actuado.
El juez Joaquín Viteri preside el tribunal que conocerá la causa, integrado además por Ivonne Coloma, Richard González, Roosevelt Cedeño y Ana Jessenia Arteaga. Es Viteri quien acaba de negar, por considerarla “innecesaria”, la solicitud de audiencia de estrados presentada por Eduardo Carmigniani, abogado defensor de Aguilar, con el fin de que las partes puedan presentar sus argumentos de forma oral.
El Tribunal Contencioso Electoral archivó la denuncia que presentó la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, en contra del periodista Roberto Aguilar por supuesta violencia política de género.
— Diario Expreso (@Expresoec) June 19, 2024
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TCE archiva denuncia de Diana Atamaint contra el periodista Roberto Aguilar
Leer másEl motivo de la denuncia contra Aguilar fueron sus opiniones sobre el desempeño de Atamaint como presidenta del CNE, vertidas en el artículo titulado “Diana, levántate y anda”, publicado el 26 de julio de 2023. En su sentencia de primera instancia, el juez Fernando Muñoz, presidente del TCE, determinó que dichas opiniones pueden ser consideradas “discurso protegido” según los estándares internacionales sobre libertad de expresión, e hizo hincapié en el mayor nivel de tolerancia al que están obligadas las autoridades.
Muñoz no encontró en el artículo de Aguilar ninguna expresión que contuviera estereotipos de género, razón por la cual negó por improcedente la acusación de violencia política de género presentada por Atamaint.
Lo que hay, escribió el juez en su sentencia, son críticas “al desempeño como funcionaria pública de la denunciante”, opiniones que “son parte inherente de la legítima crítica que cualquier ciudadano podría dirigir a un servidor público”. Al pleno del TCE le corresponde ahora confirmar o refutar estos argumentos.