Toque de queda en Ecuador: Estas son las localidades donde regirá la medida
El Gobierno central dispuso la restricción en la movilidad por franja horaria a partir de este jueves 8 de agosto
El Gobierno de Ecuador anunció este jueves 8 de agosto un nuevo toque de queda focalizado. Son 20 localidades en cuatro provincias del país donde regirá la medida, emitida a través del Decreto Ejecutivo 351.
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La restricción de la movilidad deberá cumplirse en el horario de 22:00 a 05:00 del día siguiente, en las siguientes localidades:
- Azuay: Camilo Ponce Enríquez
- Guayas: Durán, Balao, y la parroquia rural guayaquileña Tenguel
- Los Ríos: Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Puebloviejo, Vinces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma, Montalvo
- Orellana: La Joya de los Sachas, Puerto Francisco de Orellana y Loreto
Para adoptar este nuevo toque de queda, el Gobierno central dijo haber analizado la situación de seguridad en cada una de las localidades mencionadas.
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— Presidencia Ecuador 🇪🇨 (@Presidencia_Ec) August 8, 2024
Según un extracto del informe reservado emitido por la Dirección Nacional de Análisis de la Información de la Policía Nacional, en los cantones analizados "la mayor parte de homicidios ocurren entre las 22:00 y 05:00". Estos datos fueron tomados de análisis de la violencia y alertas al ECU-911.
La implementación del toque de queda focalizado en 20 localidades tiene como objetivo "evitar hechos de violencia que pueden suscitarse en determinados horarios como producto de la retaliación de los grupos armados organizados ante la presencia policial y militar en territorio".
Estado de excepción en seis provincias ecuatorianas
El pasado 2 de julio se decretó el estado de excepción en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y el cantón azuayo Camilo Ponce Enríquez por grave conmoción interna y conflicto armado interno. Su vigencia es de 60 días
Retorno de Abad a Ecuador, supeditado a un escalamiento de la guerra en Israel
Leer másLa Corte Constitucional validó dicho estado de excepción únicamente sobre la causal de grave conmoción interna. Sobre el conflicto armado interno, los jueces alegaron que el presidente Daniel Noboa no justificó esa figura, por quinta vez.
Durante el estado de excepción queda suspendida la inviolabilidad de domicilio, por lo que integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional tienen la potestad de realizar inspecciones, allanamientos y requisas en inmuebles con el objetivo de capturar a quienes pertenezcan a grupos delincuenciales y/o terroristas.
También se suspende la libertad de asociación y reunión, así como la inviolabilidad de la correspondencia. Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional seguirán movilizándose e interviniendo en las localidades donde rige el estado de excepción.
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