El trafico de combustibles tendra sanciones menos duras
Otro proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) llegó a la Asamblea. Fue presentado por el Ejecutivo.
El tema central es la proporcionalidad de penas por delitos de comercialización ilegal de hidrocarburos, que incluyen el gas licuado de petróleo (doméstico) y los biocombustibles.
La propuesta cambia los artículos 264 y 265 del COIP y sanciona con pena privativa de la libertad, según la proporción del acto cometido. La persona que transporte, envase, comercialice o distribuya productos hidrocarburíferos y los desvíe, cuya cantidad sea menor a 20 galones de esos productos, o menor a 300 kg de gas licuado de petróleo, tendrá una sanción de seis a un año. Si la cantidad es mayor a 20 galones y a 300 kg, la condena será de uno a tres años.
Mientras que en la frontera, puertos fluviales o mar, la sanción será mayor: de entre uno y cinco años. CMP