Muerte cruzada: Un vacío legal pone en riesgo las leyes que están en el horno
La disolución de la Asamblea deja en el limbo y podría eliminar proyectos de ley. Ecuador es el único país de América que no tiene legislativo
Solicitudes de amnistía, la codificación del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la reforma sobre la intervención de las Fuerzas Armadas en seguridad interna con informe para segundo debate, proyectos sobre sistemas de protección y reparación integral a familiares de víctimas de femicidios, reformas a la Ley Orgánica de Movilidad, el Código Integral de Niños, informes de cumplimiento de normas como la Ley de Galápagos.
Pleno: el testigo mudo de un juicio y proyectos inconclusos
Leer másEstos son, entre otros, los proyectos que se ‘cocinaban’ en la Asamblea y que han quedado suspendidos tras la disolución del Legislativo. Pero también podrían quedar eliminados.
El Decreto Ejecutivo 741 disuelve la Asamblea, pero no suspende los plazos de tramitación de los proyectos de ley. Por lo tanto, técnicamente, los plazos siguen corriendo y podrían haber caducado hasta que se posesione la nueva Asamblea, dice a EXPRESO el constitucionalista Jorge Sosa, excoordinador de la Unidad Técnica Legislativa.
“Y, por ejemplo, la codificación del COIP es importantísima para todo el sistema penal ecuatoriano”, explica. La Asamblea se disolvió el martes con un decreto que firmó el presidente Guillermo Lasso. Un recurso aplicado por primera vez.
Con este dictamen, el mismo juicio político (tal como el resto de procesos y proyectos de ley) podría caducar, siempre que se haya establecido para ello un plazo y que este quede dentro del tiempo que le lleve a la Corte Constitucional admitir o no dicho juicio político, dice Sosa.
“Es que justo ahí hay un vacío legal. Porque no hay un tiempo límite para que la Corte decida admitir la muerte cruzada y no se estableció oficialmente el tiempo del juicio político contra el presidente. De no haber dictado muerte cruzada, desde el martes al domingo ya se tenía la votación; y si el lapso del juicio es ese, posiblemente el juicio político estará caducado pronto”, explicaba Sosa pocas horas después del anuncio de la disolución del Legislativo.
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Leer másSosa es uno de los ciudadanos que presentaron una demanda contra el Decreto 741, con el argumento de que no hay motivación por grave crisis política y conmoción interna. Una demanda que se sumó a las cinco que hicieron otros actores políticos para suspender los efectos de la decisión de Lasso y que la Corte inadmitió el pasado jueves.
El experto en Derecho Constitucional Álvaro Contreras argumenta que con este rechazo a trámite de la Corte, el juicio político concluyó, “porque la Corte estableció que con la disolución de la Asamblea es el pueblo ecuatoriano quien tiene el control democrático para elegir a los candidatos a través del voto popular”.
Contreras hace un análisis sobre lo que sigue. “Durante este periodo, el presidente ejerce las competencias contenidas en los artículos 147 y 261 de la Constitución. Además, los decretos-leyes de urgencia económica deben contener los requisitos de un proyecto de ley y, particularmente, se deben someter obligatoriamente al control constitucional de la Corte Constitucional. Por ejemplo, el presidente vía decreto se encuentra impedido de reformar la Constitución. Los decretos-leyes deben respetar el principio de unidad de materia”.
Con la decisión de Lasso, Ecuador se convierte en el único país, al menos de América Latina y de regímenes democráticos, que no tiene Asamblea. La constitucionalista Diana Acosta lamenta que Lasso haya tenido que llegar a esas instancias, aunque aplaude la disolución.
“El Legislativo es realmente el pilar fundamental de la democracia porque ahí estamos representados los ciudadanos, pero ya no representaba a nadie. Aunque el Ejecutivo tampoco. Es bueno que todos se vayan y venga un nuevo Gobierno demócrata que sepa poner en orden las cosas”, analiza.
Muerte cruzada: La Corte Constitucional inadmite demandas de inconstitucionalidad
Leer másEl politólogo Wilson Lindao destaca que las funciones del Consejo, como selección de autoridades, pueden seguir llevándose a cabo. Para Lindao, más allá de que la suspensión pueda producir la caducidad de leyes que se estaban formando en la Asamblea, una vez elegido un nuevo órgano legislativo lo que puede pasar es que no se retomen todos los proyectos, aludiendo la finalización del plazo, o que simplemente queden en el olvido y se integren otros nuevos.