En vigencia la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas
Se publico en el Suplemento del Registro Oficial 253 del pasado viernes. Es una de las normas que propuso el Gobierno para superar la crisis sanitaria
Al igual de como salió de la Asamblea Nacional, en silenció, también entró en vigencia la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas el pasado viernes 24 de julio de 2020, tras ser publicada en el suplemento del Registro Oficial número 253. La propuesta que fue de iniciativa del Ejecutivo como parte de las normas que presentó para superar la crisis sanitaria por la pandemía ocasionada por el COVID-19, junto con la Ley de Apoyo Humanitario.
No pasó el veto a la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas
Leer másEsta Ley es una de las que más rechazo generó entre los asambleístas, razón por la cual el veto parcial del Ejecutivo no tuvo los votos necesarios ni para allanarse a la propuesta del presidente Lenín Moreno, y peor aún para que se busque la insistencia, por lo que el mejor camino que se encontró es que entre en vigencia por el Ministerio de la Ley, el pasado 16 de julio del presente año. Es una de la normas que forman parte del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Entre los aspectos que contiene la normativa está el tema del techo de endeudamiento, en donde se determina que para el año 2025 el techo de la deuda en relación con el Producto Interno Bruto (PIB) sería del 57%; para el 2030, del 45%, y para el 2032 se fijaría en el 40%.
Además, el Ministerio de Finanzas podrá emitir las directrices de techos o límites presupuestarios globales, institucionales y de gasto de las empresas públicas.
Contempla la autonomía presupuestaria de la seguridad social, la creación de un fondo de estabilización para paliar crisis y un seguro de cobertura petrolera y minera para proteger al país frente a una eventual caída de los precios del crudo y de los minerales que el país exporta.
Finanzas establecerá los techos presupuestarios de las empresas públicas de la Función Ejecutiva
Leer másEn el caso de los gobiernos seccionales, que son considerados autónomos del Ejecutivo, el Ministerio de Finanzas puede modificar los presupuestos, siempre y cuando haya un “aumento o disminución de los ingresos permanentes o no permanentes”.
La ley crea un fondo de ahorro para mitigar el impacto negativo de los riesgos fiscales (eventos imprevistos) en las finanzas públicas. Ese documento estará anexado a la Proforma Presupuestaria, entre otras.