Dos jueces de la Corte ratifican la inocencia del exsecretario de exSenain Pablo Romero en el caso Caminito
El anuncio de la resolución se dio este jueves 15 de julio en la Corte Nacional de Justicia
Con el voto de mayoría de los jueces Julio Arrieta y Xavier Cordero, el tribunal de la Corte Nacional de Justicia que juzgó al exsecretario de Inteligencia Pablo Romero, declaró la inexistencia del delito de peculado y ratificó su inocencia y de los demás procesados por el caso de la operación Caminito. Se apartó de la decisión de mayoría y salvó su voto el juez ponente Marco Rodríguez.
El juez Cordero leyó la resolución. Señaló que la Fiscalía no logró demostrar la existencia del delito de peculado. Romero siguió el anuncio de la resolución desde el Centro de Detención Provisional (CDP) de Quito.
El juez dijo que, en el alegato de inicio, la Fiscalía expuso una teoría de hechos diferente a la expuesta en el alegato de cierre.
De las pruebas incorporadas en el juicio se habría establecido la existencia de la operación Caminito, la existencia de la fuente humana, que se hicieron viajes para conocer a esa fuente y que hasta brindó seminarios. Se ha llegado a demostrar que Iván Velásquez es el nombre de la fuente humana, aseguró el juez.
El lunes inicia el tercer juicio para Pablo Romero, exsecretario de la Senain
Leer másNo se comprobó la existencia de dolo, no se puede establecer la existencia del delito, afirmó el juez. La Fiscalía debió demostrar la culpabilidad de Romero y los demás procesados cuyas actuaciones fueron solo administrativas. Su conducta es realizada sin voluntad ni conocimiento y no es dolosa.
En la última intervención, durante la audiencia de juicio, el fiscal subrogante Wilson Toainga acusó al exsecretario y a otros sospechosos del presunto delito de peculado, en calidad de autores. Un procesado fue señalado como cómplice y otro no recibió acusación.
Pidió que como reparación integral, el tribunal disponga el pago de 162.546 dólares, dividido entre todos los acusados y que cada uno cancele 120.000 dólares como multa, además del comiso de bienes.
También, la publicación de la sentencia en la página web del Centro de Inteligencia Estratégica (CIES) y en dos medios de circulación nacional, así como las respectivas disculpas públicas.
En su voto salvado el juez Marco Rodríguez sí halló responsabilidad de Romero en el delito de peculado. Citó información aportada en el juicio como asistencias penales que corroboran que el nombre del informante no corresponden al que entregó España.