Interagua tuvo roto
Hecho. Personal de la entidad en un reciente trabajo.Cortesía

Guayaquil: Interagua quiere recuperar lo que perdió en pandemia

La concesionaria ha expuesto que sufre pérdidas de más de $ 9,7 millones por la Ley Humanitaria. Pide seguridad jurídica Emapag analiza documentos

Con fecha 31 de marzo de 2021, Interagua envió un oficio al gerente de la Empresa de Alcantarillado y Agua Potable de Guayaquil (Fernando Camposano esa fecha), para tratar, reza el asunto, “la compensación de valores por la aplicación de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID-19”.

El documento, al que tuvo acceso EXPRESO, dice que la afectación en la disminución de ingresos de la concesión ha provocado un rompimiento del equilibrio económico, a propósito de la aplicación de lo dispuesto en esa ley. A la fecha del oficio, el monto en pérdidas ascendía a $ 9,7 millones.

Interagua señala algunos antecedentes. Recoge, por ejemplo, que en marzo de 2020, en plena pandemia, notificó a Emapag que el contrato de concesión entraba en “situación de fuerza mayor”, pues las medidas de suspensión de cortes a usuarios impagos afectarían la recaudación y la no actualización trimestral de tarifas por variación de costos rompería el equilibrio económico del contrato y eso, advertía, ocasionaría un impacto.

ALGUNOS-ESCENARIOS-INTERAGUA-2020
Infografía.EXPRESO

Recuerda también que el 6 de enero de este año comunicó el resultado del cálculo para llevar a cabo el reajuste automático por variación de costos, para los períodos de junio a agosto de 2020, de septiembre a noviembre de 2020 y de diciembre de 2020 a febrero de 2021. Y que a ese pedido Emapag indicó que, conforme a lo dispuesto en la Ley Humanitaria, la concesionaria debía mantener los valores tarifarios actuales, sin aplicar el ajuste.

Añade Interagua que el 23 de marzo de 2020 Emapag respondió que se determinarían mecanismos de compensación. Y que en mayo de ese año, un acuerdo entre ambas entidades reconoce el estado de fuerza mayor contractual y la afectación económica en los flujos de la concesión, así como la necesidad de compensar y restablecer el equilibrio económico y financiero a través de mecanismos contractuales previstos en el numeral 6.11 del contrato de concesión.

E0PFyUOWEAE_EOh

Guayaquil: Persiste el robo de tapas de alcantarillas

Leer más

Se refiere a la cláusula sexta del contrato, que habla del esquema de retribución de la concesión, régimen tarifario y mecanismos de revisión. El numeral 9 explica que cada trimestre habrá reajuste, y el 11, al que se cita en el párrafo, refiere “otros mecanismos de restablecimiento de la educación económico-financiera”.

Ese numeral reza que “si se producen causas sobrevinientes que rompan el equilibrio económico del contrato, Emapag podrá optar por: el diferimiento de inversiones para otro quinquenio, en parte proporcional de la afectación, la compensación económica por parte del Estado o la entidad concedente o una combinación de los mecanismos incluidos en la cláusula”.

Interagua dice que si bien la Ley Humanitaria establece en lo relativo a no incrementos ni ajustes en las tarifas de servicios básicos, que no habrá derecho a ningún tipo de indemnización, compensación o pago a los concesionarios de servicios públicos, ni aún en los casos en los que contractualmente se hayan estipulado reajustes de tarifas o precios, “Emapag no puede desconocer, el principio de seguridad jurídica contemplado en el artículo 82 de la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas”.

La seguridad jurídica es un derecho constitucional, pero existen casos de excepción que abren un paréntesis y permiten que esa regla general tenga una salvedad.

Modesto Apolo, experto en Derecho Administrativo

El Municipio gestiona la consulta de EXPRESO y responde con información de ambas entidades. Explican que en el 2020, al cierre del año, contando con aproximadamente 56 mil usuarios promedio, la compañía Interagua registró un monto de 163,8 millones de dólares por facturación, con una cartera vencida de 16 millones de dólares.

En el período comprendido de julio 2016 hasta julio 2021, Interagua debe invertir 107,5 millones de dólares en la concesión del servicio. Debido a la pandemia, se suscribió un acuerdo para diferir 10 millones de dólares en las inversiones hasta el 31 de diciembre del 2021. Es decir, que en julio del 2021 Interagua debe evidenciar inversiones por $ 97,5 millones, y entre agosto y diciembre del 2021, completar los 10 millones faltantes.

Están actuando como una empresa privada. No se considera al agua como servicio público, más aún en esta pandemia. El agua no es un artículo, no es una mercancía. Ojalá no se afecte al usuario

Marlon Cabrera, presidente del Observatorio Ciudadano de Servicios Públicos

Emapag señala que las afectaciones que la concesionaria alegue por la Ley Humanitaria tienen que ser fundamentadas de conformidad con los mecanismos previstos en el contrato de concesión y en base de estudios técnicos económicos que así lo demuestren, lo cual deberá ser analizado legalmente para decidir lo que corresponda.

Hasta allí el anuncio. En otras palabras, aún no hay resolución. Al respecto, Marlon Cabrera, presidente del Observatorio Ciudadano de Servicios Públicos, dice que con estas acciones Interagua actúa como una empresa privada. Sugiere a la autoridad hacer una revisión minuciosa del contrato y, eso sí, que bajo ningún concepto se afecte a la ciudadanía.

Mientras que el abogado Modesto Apolo, experto en Derecho Administrativo, recuerda que la Ley Humanitaria también permite convenios de pago entre el usuario y la prestadora del servicio. “El decreto no establece condonación de deudas, sino que no se generen intereses. La solución está en la ley. No puedes cortar el servicio, pero tampoco puedes perder”, analiza.

Son alrededor de 120 afectados los que dejaron de percibir su salario patronal que, apuntan, no es demasiado representativo.

Jubilados de Ecapag reclaman rubros

Leer más

“La seguridad jurídica es un derecho constitucional, pero existen casos de excepción que abren un paréntesis y permiten, por tanto, que esa regla general tenga una salvedad. En este caso, fuerza mayor o caso fortuito, por la pandemia”, señala el experto. Cree, asimismo, que la posición de Interagua es extrema, pues insiste en que siempre hubo posibilidad de haber acuerdo de pagos.

Lo que habría que hacer, dice, es una auditoría. “Saber por qué perdió dinero Interagua. Y, si hizo una mala gestión, no tengo por qué pasarle la factura a los usuarios”, concluye.

Para saber

  • En el año 2020, Emapag señala que se aplicaron 3 cargos de infracción por interrupciones del abastecimiento de agua potable a Interagua.
  • En el año 2021, de lo que va del año se ha iniciado un cargo de infracción y se han realizado 3 notificaciones de infracción por calidad del servicio en los sistemas de agua potable, sistema de alcantarillado sanitario y sistema de alcantarillado pluvial.