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Las motocicletas transitan por sobre las veredasMiguel Canales Leon

El irrespeto a la ordenanza se moviliza en dos ruedas

La prohibición de viajar dos personas en moto ha llevado al canchón a 33.832 de esos vehículos por incumplir la norma Ciudadanos optan por comprar una nueva que retirarla

Un promedio de 30 motos son retenidas a diario en Guayaquil, por infringir la ordenanza municipal que prohíbe la circulación de dos personas a bordo de ese tipo de vehículo, como parte de una de las medidas que se adoptaron ante la ola delincuencial que azota a la ciudad, con la utilización de esos móviles en muertes violentas, en su mayoría por ajustes de cuentas y pugnas por territorio, entre bandas narcodelictivas.

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Son un total de 49.242 motocicletas que se encuentran en los Centros de Retención Vehicular (CRV) de la vía a Daule y de la vía a la costa, que han sido retenidas desde 2019 hasta 2022 (al 7 de febrero), en diferentes operativos ejecutados por personal de la Agencia de Tránsito Municipal (ATM). Un 69 % (33.832) por incumplir la ordenanza. La Zona 8 de la Policía (comprende Guayaquil, Durán y Samborondón) registra 4.261 motos retenidas por ese incumplimiento.

Aunque la norma está vigente desde octubre de 2017, esta se aplicaba en horario restringido (de 19:00 a 06:00). Tras el aumento de muertes violentas, al estilo sicariato, que colocaron al cantón como el más violento del país, en septiembre de 2021 el Consejo Cantonal amplió el horario a las 24 horas.

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Una medida que, a decir del abogado Santiago Sánchez, restringe derechos de movilidad, circulación a nivel nacional. “Un derecho constitucional que tiene toda persona a poder transitar libremente en territorio nacional”.

Y, si bien es cierto, añade el jurista, con el tema delincuencial que atraviesa la ciudad y el país, se buscó esa alternativa, pero afectó notoriamente a padres que llevan a sus hijos al trabajo o a la universidad. No obstante, si la norma continúa así, considera que para reducir los índices delictivos con la utilización de motos se debería endurecer el tiempo de retención del vehículo. La ordenanza establece 7 días, además del pago de una multa por el valor de un salario básico unificado (en la actualidad es de 425 dólares). Sánchez sugiere que la retención sea por 90 días. “Así, lo pensarán mil veces antes de infringir la ordenanza”, piensa, aunque a renglón seguido sostiene que el delincuente o sicario no respeta ninguna norma. En la calle se puede observar también a ciudadanos que no acatan la ordenanza y otras disposiciones de tránsito, a toda hora, en cualquier lugar.

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Pero retirar una moto del canchón se hace difícil para muchos ciudadanos, cuyos vehículos fueron retenidos en operativos, en general.

Miriam pide que la llamen así por seguridad, cuenta que hace dos años a su esposo le retuvieron la motocicleta que recién había comprado en una casa comercial. Era de marca japonesa. Sin embargo, un aparente exceso de velocidad le generó una multa. El trámite y el pago por el garaje se hicieron difíciles de cubrir y la cuenta imposible de pagar. “Más barato salía comprarse una nueva”, aseguró la mujer, quien efectivamente decidió con su pareja adquirir otra motocicleta en un almacén, aunque aún piensa retirar la japonesa.

La mayoría apunta al excesivo cobro de garaje que hay que pagar a diario. Según la tabla de las tasas por servicio de garaje que cobra la ATM, ese valor va acorde al tamaño del vehículo. Así, las motos deben pagar 3.01 centavos de dólar. En el caso de Miriam, el valor a cancelar pasaría de los dos mil dólares por el garaje.

El pago de los considerados tipo 1 (con longitud de hasta 4,5 metros de largo hasta 2,5 de ancho, vehículo liviano), el garaje es de 6,02 dólares. Los de tipo 2, de más de 4,5 metros hasta 10 m de largo por 2,5 de ancho (pesado) pagan $ 12,3. Y, finalmente, los de tipo 3, con longitud de más de 10 metros de largo por 2,3 de ancho (extra pesados) deben pagar $ 20.05.

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Dos o más personas transitan en una moto por las calles de la ciudad. Miguel Canales Leon

El magister Guillermo Delgado Pombar, jefe de CRV de la Dirección de Gestión de Infracciones y Servicios de Tránsito de la ATM, detalla que hay cuatro motivos por los que no se retira un vehículo retenido y tienen que ver básicamente con valores pendientes por pagar. Esto es: de matrícula acumulada de varios años al Servicio de Rentas Internas (SRI), de citaciones acumuladas de ATM, a pesar “de la facilidad de convenios de pagos para estos casos”, señala el funcionario. Además de valores de citaciones acumuladas de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), que no le permiten generar el turno de revisión técnica vehicular; y como último punto, deudas con las casas comerciales donde adquieren la motocicleta.

En cifras comerciales, según la Asociación de Empresas Automotrices del Ecuador (AEADE), en 2021 se vendieron en el país 164.706 motos, 26 % más que en 2020, que fueron 130.48. Con excepción de enero y julio, los demás meses reportaron un alza en la venta de esos vehículos livianos.

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Infracción. El incumplimiento de la ordenanza se da a toda hora, incluso se infringen otras disposiciones.Freddy Rodriguez

Chatarrización: Cerca de 8.000 están en abandono

Pero como nada es eterno. Quienes no logran retirar sus unidades podrían perderla para siempre.

Según la Disposición General Quinta de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, los vehículos que no han sido retirados por sus propietarios por más de un año, contado a partir de la fecha de su ingreso al centro de retención vehicular de tránsito, serán declarados en abandono por parte de la autoridad propietaria del centro de retención, salvo los que se encuentren en acciones procesales judiciales.

El Reglamento General Sustitutivo de Bienes del Sector Público establece que se puede proceder al remate en subasta pública de los vehículos declarados en abandono. Entre 2016 y 2019, un total de 7.757 motos fueron declarados en abandono. El mayor número se dio en el año de la ordenanza municipal. De 215 calificadas en ese estado en 2016 pasaron a 4.677, en 2017. La cifra se redujo a 2.749 en el siguiente año y decayó a 116 en 2019.

En caso de que excedan los tres años contados desde su fecha de ingreso se procederá, sin más trámite, a la chatarrización. El director de Gestión de Infracciones de la ATM detalla que luego se comunica a la Agencia Nacional de Tránsito, Servicios de Rentas Internas del vehículo chatarrizado para su baja de la base nacional.