Radares Guayaquil
A nivel nacional ningún radar aún cuenta con el debido certificado, por lo que no están habilitados para multar.Cortesía

Exceso de velocidad: Nuevo margen de gracia antes de imponer multa, ¿qué cambia?

Con el nuevo margen de tolerancia, se busca evitar errores. Sin certificación, los radares no pueden generar multas legales

Un nuevo reglamento de tránsito cambia la manera en que se sanciona el exceso de velocidad en Ecuador. Desde el 21 de febrero de 2025, la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) implementó un margen de tolerancia que evita multas inmediatas por ligeros excesos de velocidad. 

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Este cambio busca reducir sanciones erróneas por variaciones mínimas en la medición de los radares, y responde a un contexto nacional marcado por denuncias, dispositivos inhabilitados y reclamos de los conductores.

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Entre 2024 y 2025, cientos de conductores en ciudades como Guayaquil, Santa Elena, Durán, Latacunga, Manta y Ambato reclamaron por multas excesivas, problemas de calibración y la falta de mantenimiento de los radares.

Las llamadas “multas fantasmas”, emitidas por dispositivos defectuosos, generaron controversia nacional y llevaron a una revisión total del sistema de control de velocidad.

¿En qué consiste el nuevo margen de tolerancia?

Según el nuevo reglamento, ahora habrá una “zona de gracia” antes de imponer una multa por exceso de velocidad. El margen se aplica de la siguiente manera:

  • Radar fijo: la multa solo se emite si el conductor supera más de 5 km/h el límite establecido.

  • Radar móvil: se permite un margen de hasta 7 km/h por encima del límite.

Ejemplos de aplicación

  • En una zona urbana (límite 50 km/h), no habrá multa si se circula hasta 55 km/h con radar fijo, o hasta 57 km/h si se usa radar móvil.
  • En carreteras para vehículos livianos (límite 90 km/h), la sanción se aplica recién desde los 96 km/h o 98 km/h, según el tipo de radar.

La ANT justifica esta medida como una forma de evitar errores en la medición de velocidad. Los radares pueden presentar desviaciones técnicas mínimas, por lo que el margen de tolerancia evita que se sancione a conductores por fallas del sistema.

Además, todos los radares deben ser calibrados de acuerdo con este nuevo criterio para obtener la certificación oficial de funcionamiento. Sin ella, no pueden emitir multas válidas.

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Ningún radar del país está certificado

En declaraciones a Ecuavisa, la ANT confirmó que hasta el momento ningún municipio del país ha certificado sus radares. Es decir, todos los dispositivos están inhabilitados, sin importar si tienen o no un sello de clausura visible.

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¿Qué implica esto? Que desde el 21 de febrero de 2025, todas las multas emitidas por radares –fijos o móviles– son inválidas y pueden ser impugnadas por los conductores. Esta situación marca un giro total en la aplicación de sanciones por exceso de velocidad.

¿Cómo saber si tu multa es inválida?

Si recibiste una notificación por exceso de velocidad, puedes verificar su validez siguiendo estos pasos:

  • Revisa si el radar está certificado. Actualmente, ninguno lo está, por lo que cualquier sanción puede ser impugnada.
  • Verifica la fecha de emisión. Si fue emitida desde el 21 de febrero en adelante, puedes iniciar un proceso de reclamo.

Así puedes reportar una multa injusta

La ANT ha habilitado un canal oficial para denunciar multas emitidas por radares inhabilitados. Debes:

  • Tomar una foto o captura de la notificación de la multa.
  • Identificar el radar o la ubicación donde supuestamente se cometió la infracción.
  • Enviar toda la información al correo: radares@ant.gob.ec.

La Agencia evaluará el caso y emitirá una respuesta oficial que puede usarse como prueba para impugnar la sanción.

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