Cartas de lectores: Cuándo un estudiante repite el año
Ningún informe pedagógico recomendará la repetición del año escolar
Una vez más el Ministerio de Educación cambia condiciones para que los estudiantes de los subniveles de básica superior de segundo a séptimo no pierda el año. El actual Acuerdo Ministerial 2024-00031-A, dice: en los subniveles de Preparatoria y Elemental se podría dar la repitencia por una solicitud del representante legal y una evaluación psicopedagógica. Para el segundo y tercer año, igualmente es necesaria la evaluación psicopedagógica y solicitud del representante que evidencie que no se ha alcanzado habilidades comunicativas y lógico-matemáticas.
En cuarto grado la repetición se decide tras una evaluación psicopedagógica, el criterio de la Junta de Docentes y de la autoridad educativa cuando el estudiante no cuente con las habilidades fundamentales.
A partir del subnivel Básica Media a los estudiantes que obtengan cuatro puntos o menos de siete en una o más asignaturas se les aplicará un refuerzo pedagógico, consensuado con su representante legal, y si aun así no alcanzan el promedio final con un examen supletorio serán promovidos al siguiente curso a partir de los informes de la Junta de Docentes.
Ningún informe pedagógico recomendará la repetición del año escolar, lo cual será difícil de aplicar porque ningún representante va a desear que su representado pierda el año. En subnivel de Básica Superior y l Bachillerato los estudiantes con calificaciones entre 4,1 y 6,99 sobre 10, pueden rendir un examen supletorio para aprobar el año con 7/10 o más De no aprobar, se perderá el año.
Roberto Camana-Fiallos