Cartas de lectores | Reformar la ley de financiamiento a partidos políticos

El presidente Daniel Noboa ha propuesto reformar los art. 110 y 115 de la Constitución

El art. 61.1 de la Constitución da el derecho de elegir y ser elegidos, y el art. 142 los requisitos para poder ser elegido como presidente, que son: ser ecuatoriano por nacimiento, haber cumplido 35 años de edad a la fecha de inscripción de la candidatura, estar en goce de derechos políticos y no encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución. Hago referencia a estas normativas por la gran cantidad de postulantes a esta dignidad que se inscriben en cada elección porque los requisitos son tan pobres que cualquier hijo de vecina se autonombra candidato, haciendo que el dinero de los ecuatorianos sea malgastado en campañas sosas sin ninguna iniciativa para mejorar el buen vivir de la población.

El presidente Daniel Noboa ha propuesto reformar los art. 110 y 115 de la Constitución que tratan sobre el financiamiento estatal para organizaciones políticas, pero los versados en esta materia dieron sus criterios y dicen que no conviene pues acarrearía que dinero sucio sea usado para promocionar a los candidatos. A mi criterio, si ellos no reciben dinero del Estado conseguirán dinero de donde sea y terminarán por vender el país a gente inescrupulosa. Pienso que se los debería seguir financiando pero bajo las siguientes premisas: 1.- Los candidatos deberán firmar un compromiso de aceptación y avales de garantías por los recursos entregados para su promoción, y si sus candidaturas no consiguen 10 % de votos del padrón, quedan suspendidos de participar en las tres siguientes elecciones, sean nacionales o provinciales. 2.- Los candidatos que no lleguen al 10 % de votos del padrón deberán devolver el valor utilizado en su promoción con un recargo del 300 %, en un plazo de 90 días; de no hacerlo se cobrarán las garantías entregadas. 3.- Los partidos y movimientos políticos que hayan auspiciados dichas candidaturas quedarán suspendidos de toda participación y financiamiento estatal por el doble del tiempo que se anuncia en el numeral 1. Con estas modificaciones a la ley de elección no habrá tantos candidatos que solo ingresan a la lid electoral por figurar y no porque verdaderamente desean servir al país.

Francisco René Alcívar Villegas