Cartas de lectores: Tráfico de tierras en ecosistemas frágiles
La situación es extremadamente grave porque se pretendería justificar la “oportunista”
Las expectativas generadas por la explotación minera ha motivado que traficantes de tierras, traten de posesionarse o adquirir la propiedad de predios rurales en zonas cercanas, colindantes o al interior mismo de polígonos mineros identificados o concesionados, con la finalidad de hacer negocios con quienes tienen en la mira la explotación minera, y ofrecerles servicios que podrían incluir el enfrentamiento con las comunidades campesinas del entono.
En el pasado, los latifundistas expandieron sus dominios a costa de las tierras de las comunidades indígenas que, por carecer de personería jurídica, no podían defenderse, y aun luego de la expedición de la Ley de Comunas, continuó la apropiación de tierras comunales.
Con posterioridad se adjudicaron enormes extensiones de tierras que, siendo comunales, indígenas, campesinas o montubias, o territorios de pueblos ancestrales, el Estado las calificó de tierras baldías, y se las entregó a personas y empresas con poder económico y político.
En épocas más próximas se dieron procesos de apropiación-privatización de tierras comunales de páramo, que venían aprovechándose como “derechos y acciones de sitio” y “derechos acciones de montaña” o catalogadas como tierras sin dueño, a favor de adjudicatarios (nuevos hacendados de páramo) a través de procesos en el IERAC, INDA o la Subsecretaria de Tierras del MAGAP.
En la actualidad ha cobrado un nuevo impulso la “expropiación-apropiación-privatización” de lo público o comunal en áreas rurales, lo que ha llevado a enfrentamientos con comunidades o poblaciones indígenas o campesinas que han venido usando y disfrutando la tierra comunal en diversas actividades sin pretensión de posesión o propiedad individual, pero que hoy tienen que resistir a posesionarios o adjudicatarios novísimos salidos de la niebla.
La situación es extremadamente grave porque se pretendería justificar la “oportunista” posesión agraria, con actividades que están en contra de la conservación de ecosistemas frágiles, como páramos, humedales, bosques y vegetación protectora, lo cual viola expresas disposiciones de la ley, respecto de lo cual se hacen de la vista gorda algunas autoridades, unas dando paso a trámites ilegales y otras por omisión de control.
Carlos Castro Riera