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Diana Acosta-Feldman | Esclavitud moderna

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El trabajo en condiciones dignas en un derecho humano fundamental. La precariedad laboral afecta a la dignidad humana 

Así como los derechos evolucionan, también las sentencias de la Corte Constitucional. Es así como en un fallo reciente e histórico, la alta Corte condenó y sancionó la esclavitud moderna, a la cual ellos definen como una práctica análoga el “aprovecharse de personas en condiciones de extrema vulnerabilidad (pobreza)”; vivir y trabajar, en “condiciones laborales degradantes, antihigiénicas y con poca o nula seguridad para los trabajadores”, “un régimen laboral cuestionable, insalubre, caracterizado por precarización y tercerización laboral”; jornadas laborales extensas de más de 8 horas diarias sin la contraprestación económica de ley; “la aparente simulación de una relación comercial cuando se trataría de una relación laboral”; “vulneraciones de derechos a partir de nuevas formas de explotación laboral”.

La sentencia declaró que las entidades públicas omitieron su deber de prevención y protección, y que las pocas medidas adoptadas fueron insuficientes, para lo cual ordena reformas legales dirigidas a evitar la impunidad corporativa y eliminar las prácticas análogas a la esclavitud y otras formas precarias de trabajo agrícola.

El trabajo en condiciones dignas en un derecho humano fundamental, por tal razón la precariedad laboral afecta a la dignidad humana, y a los derechos constitucionales, entre los que se encuentran la seguridad social, vida digna, igualdad y no discriminación.

La sentencia no solo ordena la reparación económica de cada víctima, sino que además dispone a las autoridades, para prevenir y erradicar las prácticas precarias y explotación laboral, “elaboren un registro con la identificación de las personas jurídicas que operan en este tipo de industrias, con énfasis en las del sector agrícola”, y revise “las formas de contratación empleadas por las empresas”, “para evitar la impunidad corporativa y verificar que no existan contratos que oculten prácticas incompatibles con la dignidad humana”.

Con este caso la alta corte nos deja una importante lección a recordar, el ser humano está siempre por sobre el capital y no al revés.