Premium

Eduardo Carmigniani | Cobranza con cartitas

Avatar del Eduardo Carmigniani

Han pasado ya casi seis meses. Y ningún intento de recuperación serio hay, más allá de los simulacros propios del paisito...

Es bien conocido ya que el 18 de abril de 2024 la Corte Constitucional (sentencia 180-22-EP/24) dejó sin efecto un insólito convenio de dación en pago celebrado el 22 de diciembre de 2023 entre Daniel Falconí Heredia, viceministro de Finanzas, y José Fernando Bucaram Aivas, por el que se consumó un atraco de USD 22 millones al Estado. Y por ello dispuso “al Ministerio de Economía y Finanzas que, en coordinación con el Ministerio de Agricultura y el Banco Central del Ecuador, de manera inmediata, proceda a recuperar la totalidad de los valores que han sido pagados”.

Han pasado ya casi seis meses. Y ningún intento de recuperación serio hay, más allá de los simulacros propios del paisito, con los que los burócratas de turno engrosan expedientes para dizque ‘justificar’ que algo han hecho. Las últimas actuaciones -que constan en la página de la Constitucional- son de llorar. Veamos:

El 23 de agosto de 2024 el ministro de Finanzas le “informó” al ministro de Agricultura que se había registrado una cuenta por cobrar en contra de su ministerio por los antedichos USD 22 millones, y que por ese motivo pedía que “se inicie el proceso coactivo correspondiente en el plazo perentorio de hasta 30 días, a fin de recuperar la totalidad de los valores que fueron pagados”.

El 23 de septiembre de 2024 la ministra de Finanzas subrogante “requirió” al ministro de Agricultura que “informe sobre las acciones ejecutadas hasta la fecha” (respecto del pedido de iniciar la coactiva).

Que se sepa, hasta la fecha ninguna coactiva ni acción de cobro en el exterior, donde están los fondos, ha habido. El asunto se limitó a que el 25 de septiembre de 2024 una funcionaria del Ministerio de Agricultura envió un oficio “requiriendo que de forma urgente” se devuelva los fondos. Una amable cobranza con cartita, digamos.

Esto es intolerable. Tanto, que ya se multiplica ese mal ejemplo. Hay uno reciente: la Constitucional dejó sin efecto una sentencia de protección por cuya causa una empresa privada terminó embolsicándose de CNEL nada menos que USD 12 millones. Y claro, ordenó que se realicen las acciones necesarias para obtener la devolución (sentencia 2219-19-EP/24, del 1 de agosto de 2024, ponente: Andrade). Ante ello, con audacia sin límite el abogado de la empresa pidió a la Corte que “amplíe” la decisión, permitiéndole pagar en 10 años, aduciendo que en su momento el dinero fue usado “para honrar obligaciones con terceros”. Por supuesto el pedido fue negado. Ya veremos si le cobran.