Eduardo Carmigniani | La escritura pública contraataca
Si algo “solemne” hay entonces aquí es la memez de ese pretexto, que aumentaría costos transaccionales y pondría barreras...
Ya no es solo la asambleísta Jhajaira Urresta (RC, Pichincha) quien pretende que los actos de constitución de compañías limitadas o anónimas, o reformas posteriores de estatutos, regresen al rito de la escritura pública (según el proyecto de Código Notarial que presentó el 27 de febrero de 2024, en el que planteó que se derogue la reforma del 15 de marzo de 2023, según la cual todos esos actos pueden hacerse por documento privado). A ese coro se ha sumado la legisladora Esperanza Moreta (PSC, Carchi).
En extensísimo (nuevo) proyecto de reformas a la Ley de Compañías, presentado el pasado 13 de agosto de 2024, la susodicha asambleísta no solo planteó -igual que su colega Urresta- que los referidos actos, de compañías limitadas o anónimas, tengan que constar en escritura pública. Es peor: semejante regresión la pretende hacer también extensiva a las llamadas sociedades por acciones simplificadas (SAS), al punto que en la disposición general segunda propuso que aun cuando una SAS ya hubiese sido constituida por instrumento privado -como ha podido hacerse desde siempre- “deberán observar en sus posteriores actos jurídicos [la solemnidad] de escritura pública”.
La necesidad de la “solemnidad de escritura pública” la intenta justificar la legisladora Moreta en que los notarios dan “fe pública” y que esta “garantiza la autenticidad de los documentos públicos y con ello otorga seguridad al tráfico jurídico”. Eso, en tiempos como los actuales en que hay mecanismos muy confiables para acreditar la autenticidad de las firmas (electrónicas, por ejemplo). Si algo “solemne” hay entonces aquí es la memez de ese pretexto, que aumentaría costos transaccionales y pondría barreras de entrada a la formalización empresarial, con más gasto y más tiempo.
Dicho sin rodeos: es palabrería hueca con la que se intenta revivir un absurdo monopolio. Solo faltaría que también se quiera regresar a la antigualla de los papeles sellados y los timbres.
Y todo lo anterior, para decirlo igualmente sin rodeos, tira por la borda aspectos positivos del proyecto Moreta, como el que propone eliminar el bodrio, metido en la Ley de Compañías por la misma reforma del 15 de marzo de 2023, que permite que quien ni siquiera era accionista de una sociedad anónima impugne judicialmente -hasta 5 años después- decisiones de juntas generales, alegando supuestas violaciones al orden público. Basta comprar, años después, una sola acción -hasta en bolsa- y extorsionar a la compañía.