Premium

Eduardo Carmigniani: Un par de exjueces marrulleros

Avatar del Eduardo Carmigniani

El Consejo de la Judicatura destituyó a esos angelitos en enero de 2023

La Corte Constitucional, con sentencia del 20 de julio de 2022 (caso 1101-20-EP/22), puso coto al bodrio de usar acciones de protección para extinguir obligaciones contractuales. Se trataba del intento de una empresa de obligar a la CFN a que le reciba en dación en pago unos bienes, por una millonaria deuda. La Corte, luego de recordar que “… un requisito esencial para la procedencia del contrato de dación en pago [es] el consentimiento del acreedor y del deudor para que la obligación dineraria sea cancelada con un bien distinto al pactado en el contrato de mutuo” (p. 102), revocó la espuria sentencia y declaró que los jueces José Eduardo Coellar Punín, Adolfo Richart Gaibor Gaibor y Carlos Alberto González Abad, de la Sala de lo Penal de la Corte Provincial del Guayas, “… incurrieron en error inexcusable al conceder una medida de reparación que extingue una obligación contractual, lo cual contraría el objeto y alcance de la [acción de protección]” (p. 199).

El Consejo de la Judicatura destituyó a esos angelitos en enero de 2023, precisamente por causa de aquella declaratoria de error inexcusable que hizo la Constitucional. Pero González y Gaibor acudieron a la marrullería de las acciones de protección.

El primero planteó una en el cantón Naranjito, que le fue concedida en marzo de 2023 por un juez de apellido Olingi. Esa decisión se mantuvo vigente por más de un año, pues fue revocada por la Corte Provincial del Guayas, por la evidente incompetencia de ese señor, con sentencia que quedó firme en mayo de 2024.

El segundo fue más osado. Planteo una acción de protección primero en Daule. Pero no asistió a la audiencia respectiva (¡vaya a saberse por qué!) por lo que se la declaró desistida. Inmediatamente después presentó otra en Babahoyo, que le fue negada en primera instancia, entre otros motivos por aquel desestimiento previo. Pero en octubre de 2023 la Corte Provincial de Los Ríos (jueces Nelson Campbell Suárez, Jorge Euvín Villacrés y Alexander Vicente Espinales Vera) revocó esa decisión y le concedió la “protección” reclamada, ordenando que sea restituido. Le duró poco el cuento. Recién fue sentenciado por delincuencia organizada en el caso Metástasis.

Ambos casos fueron seleccionados de oficio, para revisión, por la Constitucional, pues en palabras de la Sala de Admisión corresponde analizar si mediante acciones de protección es posible “[dejar] sin efecto los procesos disciplinarios iniciados por orden de la Corte Constitucional”.