El manejo del patrimonio cultural en Ecuador

“El Estado proveerá los recursos para el efecto”.
El más antiguo antecedente legal sobre protección del patrimonio cultural ecuatoriano se remonta a 1911, con un decreto por el que se prohibía la exportación de bienes arqueológicos sin permiso previo de la autoridad. En 1916 se expidió un nuevo decreto que prohibía de forma absoluta la exportación de objetos arqueológicos. En 1927 se expidió la Ley Protectora del Tesoro Artístico Ecuatoriano, con el fin de “...dictar medidas para impedir la salida del país de la más pequeña parte de esa fortuna artística y arqueológica del Ecuador”. Diez años después se suscribió el ‘Modus Vivendi’ entre el Ecuador y la Santa Sede, donde se establecía la conformación de una comisión “...para la conservación de las iglesias y locales eclesiásticos que fueren declarados por el estado monumentos de arte y para el cuidado de antigüedades, cuadros, documentos y libros de pertenencia de la Iglesia que poseyeran valor artístico o histórico” y se ratificaba la prohibición de enajenar o exportar dichos bienes.
En 1945 la Asamblea Constituyente expidió la Ley de Patrimonio Artístico, en vigencia hasta 1979, cuando se promulgó la Ley de Patrimonio Cultural, con regulaciones sobre la conformación y atribuciones del Instituto Nacional de Patrimonio Cultural, creado en 1978, la declaración de bienes patrimoniales y su conservación y protección.
Este organismo divide al país en tres regiones administrativas; la primera, con sede en Quito, para la región norte de la sierra y Esmeraldas; la segunda, con sede en Guayaquil, para las provincias de la costa y Galápagos; y, la tercera, con sede en Cuenca, para las regiones austral y oriental.
En el año 2008, con la expedición de la nueva Constitución, se definieron entre los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades lo siguiente: “Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico como parte indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveerá los recursos para el efecto”.
La Ley Orgánica de Cultura, vigente desde el 30 de diciembre de 2016, reemplazó a las leyes y normativas anteriores.