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Modesto Apolo: Reforma impresentable

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Una sociedad que lucha contra la corrupción e impunidad

El veto total del Presidente Daniel Noboa a la reforma al Código de la Función Judicial, aprobada el 21 de mayo de 2024, podríamos decir como García Márquez, era la “crónica de una muerte anunciada”.

Resulta incoherente en un país que se encuentra luchando contra la corrupción, la inseguridad y enfrenta un conflicto armado interno contra el terrorismo de las organizaciones delincuenciales nacionales y transnacionales del Narcotráfico, que se acepte un proyecto de Ley que beneficie a los corruptos dentro de la función Judicial, al servicio de la impunidad de la delincuencia organizada, la cual tiene como uno de sus operadores en lo político, a cierto movimiento político en la Asamblea y a ciertos operadores de justicia como quedó evidenciado en los casos “Metástasis y Purga”.

Bajo tal realidad indignante y aberrante, pretender reformar el Código Orgánico de la Función Judicial, disfrazada de Ley en contra de la Violencia contra la Mujer, camuflando su verdadera intención al modificar el artículo 258, para permitir a los vocales del Consejo de la Judicatura que se encuentren cumpliendo prisión preventiva acogerse a una licencia sin sueldo, es aberrante. Ya en anterior ocasión con la reforma al COIP, pretendieron pasar “por debajo de la mesa”, la disposición que obligaría a la Fiscal a dar información sobre los casos de corrupción que se encuentre investigando, so pena de destitución. Actos que evidencian que dicha tienda política, descaradamente, prioriza la impunidad para los delincuentes, actuación que no tiene justificación ni presentación, ya que ignora principios fundamentales como la probidad y la ética, fundamentales en todo administrador de justicia.

Una sociedad que lucha contra la corrupción e impunidad, por haber sido secuestrada por la delincuencia organizada y el terrorismo, como consecuencia de haber sido entregada por la narcopolítica al crimen organizado, no puede admitir políticos antipatria, ya que sus actuaciones no son las propias de opositor al gobierno, son de oposición a la sociedad que los eligió y aquello no tiene justificación ni presentación.