Rafael Oyarte | Negada la cautelar: mesura
Las pocas voces que llamaron a la prudencia eran tratadas, poco y menos, que de traidoras
El fin de una medida cautelar es asegurar el derecho cuyo debate se ha sometido a proceso, el que podría ser arriesgado por el tiempo que pasa entre el inicio del juicio y la sentencia. ¿Cómo evitamos que el deudor demandado se deshaga de sus bienes para no responder en caso de ser condenado al pago? Con medidas preventivas: el secuestro de esos bienes o su prohibición de enajenar, o la retención de dineros en sus cuentas. Así la sentencia no se vuelva un “papel mojado”. La concesión o la negativa de esas medidas no prejuzgan el caso.
En Ecuador se ha festejado la negativa que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) hizo al pedido de cautelares realizada por México en su demanda por la violación de su sede diplomática. En eso hay que tener mesura: si se niegan no es porque México no demostró “apariencia de buen derecho” (la inviolabilidad de la legación lo es) sino por carecer del “peligro en la demora” pues la sede ya fue infringida (por lo que no se lo podía evitar), no estaba tomada (por lo que no había nada que ordenar al respecto) y estaba resguardada (por lo que no cabía orden alguna en ese sentido).
De ahí a creer que, por eso, vamos a salir bien librados de la CIJ, es ser ingenuo: una cosa es no querer ser condenados y otra, bien distinta, creer que no lo seremos. Decir que por haberse negado las cautelares no habrá consecuencias por esa incursión, más que optimismo, es una mentira, pues sentar un precedente de esta clase no conviene a nadie (ni a nosotros), pues todas las naciones tienen sedes en el exterior. Llevar este asunto a una negociación sería lo mejor, considerando que siempre será menos complicado sancionar a Ecuador por un tema evidente (la violación de la embajada lo es), que a México por uno discutible, pues el de los asilos extralimitados es un tema bien complejo.
Estamos en un juicio: los miembros de la CIJ no están mirando las alegres opiniones de prensa para decidir. En 2014, Bolivia demandaba a Chile la obligación de negociar una salida soberana al mar. Chile presentó una excepción preliminar (incompetencia del Tribunal, pues el tema estaba zanjado en el Tratado de 1904). La CIJ negó la excepción, lo que era importante para Bolivia, pero su Gobierno y su prensa lo festejó de un modo tal que ya daban por ganado el pleito. Las pocas voces que llamaron a la prudencia eran tratadas, poco y menos, que de traidoras. En 2018, la CIJ rechazó la demanda en todas sus partes: una derrota con tremendas consecuencias para Bolivia. Mesura.