Roberto López: ¿No han leído el art. 83?

No perdió el presidente. Perdió el país
La reforma constitucional que procuraba la prisión preventiva obligatoria para el terrorismo y el crimen organizado propuesta por el presidente, fue desechada por la CC. El argumento: “restricción injustificada... al derecho a la libertad de movilidad”.
1. Primera deficiencia: desconocimiento absoluto del derecho tutelado. Según la RAE, ‘movilidad’ es la cualidad de movible. Pero ustedes entenderán que -bajo la óptica del Derecho Constitucional- importa un rábano si un pillo se mueve o no. Lo que garantiza la Constitución es el derecho ambulatorio. La movilización. El derecho a “transitar libremente por el territorio nacional”. [art. 66] a movilizarse [completamente inmóvil si se quiere, amarrado en un vehículo] de un lugar a otro.
2. Estos verdaderos talentos del Derecho Constitucional desconocen su obligación de “Promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular”. No han leído el art. 83, num. 7 de la Constitución. Por eso habrá un terrorista más [o muchos] deambulando por las calles. Pero el fallo es INCONSTITUCIONAL así se paren de cabeza. Pues en resumidas cuentas, lo que hace este es privilegiar el ‘interés particular’, la ‘movilidad’ [no el derecho al libre tránsito] de los Tiguerones o los Chone-killer [Los asesinos de Chone] sobre ‘el interés general’ de la gente decente.
Es lo que los ideólogos hacen: ejecutar su agenda, no emitir fallos.
3. Hagan el ejercicio de pensar, señores... ¿Cómo es que ustedes impiden cambios constitucionales que ‘restrinjan’ derechos cuando hay 33 mil presos con el derecho de libertad ya restringido en las cárceles del Ecuador? Tuvieron la oportunidad de aclarar tamaña ridiculez en beneficio del interés general y no lo hicieron.
No perdió el presidente. Perdió el país. Perdió el próximo ecuatoriano que inmole su vida en manos de un terrorista por la ficticia ‘no restricción de derechos’.
¿No se entiende que la enmienda [art. 441] y la reforma [art. 442] prohíben la restricción de derechos y que solo una constituyente puede romper el nudo que la ata a cualquier reforma constitucional?
Tengo años explicando esto. De verdad, ya cansa.