Roberto López Moreno | La trampa invisible (I)
¿Pueden los jueces resolver contra la ley escrita?
¿Su nariz respira porque está escrito en la Constitución? No. No existe una norma constitucional que diga eso. Pero nadie puede negar su derecho a hacerlo. Lo cual significa que existe un Derecho natural anterior al derecho escrito [positivo].
Sin embargo, la forma de imponer la autoridad es la ley escrita. Por eso los positivistas concibieron la ley como la forma de imponer la autoridad del Estado: la ley lo es, porque el Estado lo dice. Por eso este no puede ser obligado por órdenes morales, contra las cuales pudiese enfrentarse lo justo o injusto de las leyes.
Hace un tiempo Carlos Vera puso el tema sobre la mesa al afirmar que la justicia prevalece sobre la ley. Lo cual -siendo cierto- es muy difícil de poner en práctica: ¿la justicia según quién? ¿La de turba, que ‘ortiga’ a una ciudadana del Ecuador en un parque? ¿Puede una norma moral oponerse al mandato de la ley? ¿Pueden los jueces resolver contra la ley escrita?
Bueno, esto fue lo que los robolucionarios resolvieron de manera en extremo eficiente, pues pusieron en vigencia de forma simultánea dos sistemas inicialmente contrapuestos: el Derecho natural y el positivo. Inundaron el país con leyes prodelincuentes, pero utilizando el neopositivismo encontraron además la forma de tener un supraderecho no escrito, basado en los ‘principios’ del Derecho natural para subsanar sus propias ‘metidas de pata’ por la vía de la ‘interpretación’ constitucional.
Así diseñaron la fórmula para sacar a los pillos de las cárceles: el ‘habeas corpus’. Pero fallaron al hacer uno inútil para liberar a los presos, pues la Constitución [aún] dice que “el recurso se interpondrá ante la Corte Provincial de Justicia” [art. 89, inc. 5].
¿Cómo subsanarlo para poder liberar a Glas? Simple: acudiendo a la trampa invisible de la Constitución: los ‘principios’ del Derecho natural y la justicia como fin último del Derecho. Así, ‘la mejor corte de la historia’ por la vía interpretativa hizo decir a la Constitución lo que no dice, dando a los ‘jueces Manglaralto’ el poder de liberar a los pillos.
La semana que viene les cuento cómo resolverlo.