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El gobierno de los jueces

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Por tanto, los fallos que dictan como “precedentes”, no pueden seguir siendo considerados “la voz de Dios”.

Los jueces “tienen su propio ámbito de competencia: ellos imparten justicia, no gobiernan”. (López Daza, 2005). Pero en Ecuador -además de cambiar el sentido de lo que está escrito y agregar contenidos no previstos por el constituyente- los jueces constitucionales gobiernan. De hecho, les resulta posible modificar los estados de excepción del Gobierno, impidiendo a las FF. AA salir a controlar la delincuencia en las calles. Así, las Cortes han creado un verdadero ‘gobierno de los jueces’. Críticos como Trooper, Pferman, Picard, etc., cuestionan que los tribunales -integrados por personas arbitrariamente designadas- tomen decisiones políticas; ya que los jueces no gobiernan: los jueces juzgan.

Ardant, citado por Trooper, dice de la Corte Suprema americana: “Por cinco votos contra cuatro, pone en jaque la Constitución votada por representantes elegidos de la nación”. Igual que aquí.

En EE. UU. y Europa se ha propuesto una solución: el ‘judicial self restraint’. Pero suena a broma que la Corte Constitucional se aplique un autocontrol que reduzca su omnímodo poder. Es que… hemos creado un monstruo. Porque… ¡ellos son el verdadero candado!

Poner en vigencia la Constitución del 98 era la forma de que el presidente no tuviera que arrodillarse ante la Corte para ejecutar sus decisiones de gobierno. Porque el 98 el Tribunal Constitucional era “el patito feo”: no tenía el poder de dar permiso al presidente para las consultas ni los estados de excepción. Ni interpretaba la Constitución. Esta era la salida. Claro, mientras esta teórica discusión se da en los claustros universitarios, los familiares de los dinamitados se preguntan… ¿qué hace el Gobierno?

Para combatir el narcotráfico y la guerrilla en ciernes se necesitaba un gobierno fuerte que no debiera postrarse ante la Corte para sacar a las FF. AA. a controlar a quienes ahora nos dinamitan. Para entender eso hay que ser un verdadero estadista, y no quienes creen serlo, como los jueces constitucionales. Por tanto, los fallos que dictan como “precedentes”, no pueden seguir siendo considerados “la voz de Dios”.