Consulta popular: ¿amenaza?
Consulta popular es la figura constitucional por la cual, en ejercicio de la democracia participativa, se le pregunta directamente al pueblo sobre algún tema de interés nacional que, dependiendo de la materia de la consulta y su efecto, puede ser plebiscito, referéndum o consulta popular propiamente dicha, aunque las tres son formas de consulta popular.
El señor residente constitucional de la República se ha referido que “si no hay la aprobación de las leyes en la Asamblea Nacional iremos a consultarle al pueblo directamente, que el pueblo decida su futuro porque si tenemos obstáculos en la Asamblea, que aspiro a no tenerlos, pues bueno, iremos a una consulta popular y también en la Constitución, no digo que vaya a hacerlo, pero existe otro camino que es la muerte cruzada”.
Por su parte, la presidente de la Asamblea ha manifestado que no cederá a presiones del Gobierno de turno, como lo hicieron sus antecesores, y calificó como chantaje y amenaza los anuncios de una posible consulta popular o muerte cruzada. Además, al manifestar que “no vamos a ceder porque hay luchas que no se pueden abandonar, vamos a ser intransigentes”, ha evidenciado que quedó atrás el discurso conciliador pronunciado el 24 de mayo pasado, cuando Pachakutik captó la Presidencia de la Asamblea como resultado del pacto del aire.
Es la crónica de una pugna anunciada, resultado de un acuerdo antinatura. A lo hecho pecho y al mal tiempo buena cara, dice el refranero popular. Así las cosas, si el proyecto político del presidente Lasso es boicoteado desde la Asamblea, no le queda otro camino que utilizar la consulta popular para poder gobernar y, por último, la figura de la muerte cruzada como lo ha anunciado. Jamás puede considerarse amenaza o chantaje el uso de los recursos constitucionales que tiene el presidente de la República para desbloquear el boicot que los nuevos exaliados le efectúan desde la Asamblea. Siga adelante presidente Lasso, que no le tiemble el pulso al momento de efectuar una consulta popular, y recuerde que lo más conveniente es poner en vigencia la Constitución de 1998.