El caso de Quito
Todas las audiencias estaban subordinadas a la decisión del rey en Europa
El caso de Quito es el de un tribunal inferior devenido en república a la fuerza. Quito se convirtió en sede de una audiencia por real cédula del 29 de agosto de 1563, firmada por el rey Felipe II. Entró en funciones el 18 de septiembre del año siguiente.
Una audiencia era, en esencia, un tribunal de justicia. La monarquía española instituyó en América numerosas audiencias, compuestas de un presidente y de un número de oidores (digamos, jueces) que variaba según la importancia de la audiencia. Por una parte, las audiencias de México y de Lima (capitales de virreinato) llegaron a tener doce oidores; la de Quito cuatro oidores.
Ocurre que esta audiencia de Quito siempre fue una audiencia subordinada (cuando fue audiencia; entre 1717 y 1723 fue suprimida). Era subordinada porque si en Quito se decidía algo siempre podía ser apelado ante una audiencia superior. Desde 1563 hasta que se fundó en 1739 el virreinato de Nueva Granada, ese órgano superior fue la audiencia de Lima. Desde 1739 hasta la extinción de las audiencias con la caída de la monarquía española, ese órgano superior fue la audiencia de Santa Fe.
Todas las audiencias estaban subordinadas a la decisión del rey en Europa.
El reconocido historiador Federico González Suárez escribió: “Por una especie de fatalidad hasta los hombres buenos y mejor intencionados, cuando venían a Quito investidos de autoridad, se dañaban”. Y explicaba como razón: “la enorme distancia a que se encontraban de la Corte y la tardía administración de justicia por parte del soberano, cuyas resoluciones se dictaban al cabo de años de cometido el delito, les daban cierta impunidad, muy perjudicial para la moral y las buenas costumbres”.
En este ambiente, Quito resultó un bastión del gobierno español. Es un hecho que no hay héroes quiteños en la batalla del Pichincha y que su contribución a la independencia fueron unos soldados de baja graduación. Los firmantes del Acta producto de la batalla fueron un novogranadino (Morales) y un altoperuano (Santa Cruz), delegados por un venezolano (Sucre). Quito fue liberada de España pero no para darle autonomía sino para incorporarla a una república, acorde a una ley en cuya creación ningún quiteño participó: la Constitución de Cúcuta de 1821.
Por siglos, la jurisdicción de la audiencia de Quito abarcó un espacio mucho más allá del río Carchi: llegaba hasta Popayán. Una vez sumada a la fuerza a una nueva república (se llamaba Colombia, le decían “la gran”), por una ley que se decidió en 1824, cuando Quito y otros territorios se separaron en 1830 para fundar el Ecuador, resultó que Colombia le impuso al Ecuador el hecho (disputado por las armas y vencedora Colombia en 1832) de que sus límites terminaban en el río Carchi.
Y así es que, de aquel territorio sobre el que Quito administró justicia hasta 1822, apenas unos diez años después perdió su mayor parte por la decisión/imposición de Colombia.
Tal el caso de Quito: una audiencia subordinada, liberada a la fuerza de España, sometida sin consenso a Colombia, que finalmente la privó de unos enormes territorios al norte con los que Quito había estrechado vínculos (económicos, políticos, familiares) durante siglos.