Editorial: Un censurable engavetado

Que la notificación se retrasara por "reunir requisitos procesales previos" no es compatible con la dignidad de la Alta Corte

Hay casos de evidente y alto interés público, frente a los cuales el máximo organismo de control constitucional no puede, sin sacrificar su prestigio, estar al vaivén de los intereses políticos de turno. Que la Corte Constitucional, con comunicado publicado el pasado 31 de enero, haya reconocido que el 23 del mismo mes ya había tomado una decisión sobre las demandas de inconstitucionalidad de los decretos con los que el presidente de la República encargó la Presidencia, mientras hacía campaña electoral, a una vicepresidenta temporal designada por él mismo, pero que esa decisión haya podido ser notificada solo ayer, porque se continuaba reuniendo los requisitos procesales de ley previos, es algo que no resulta en modo alguno compatible con la dignidad que debe tener esa Alta Corte.

Puede ser verdad que, según la ley, cuando hay votos salvados los jueces disidentes tengan hasta diez días hábiles para entregar por escrito su postura. Pero que en un asunto de elevadísima connotación nacional como este, haya jueces que jueguen al filo de la banda con el argumento de que no cometían infracción, es totalmente censurable. Y así debe quedar consignado para la historia, pues nada les prohibía tampoco esforzarse un poco más y entregar su trabajo días antes de que se cumpliera el plazo ‘legal’.