La aplicación del ajuste del impuesto predial arranca el 2 de enero de 2024
El Concejo Metropolitano aprobó la ordenanza referida al impuesto predial urbano
Con 18 votos a favor, el Concejo Metropolitano aprobó la ordenanza referida al impuesto predial urbano y rural para 2024-2025. Esto se cumple según el mandato del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), que indica que el ajuste del valor catastral de un predio debe realizarse cada dos años.
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Impuesto predial: alivio para el 65% de los predios en Quito
Leer másPara 2024, se prevé la recaudación de 123 millones de dólares por: predial, tasa de seguridad, bomberos y bienes inmuebles no edificados. El sistema informático, es decir, modelo matemático de cálculo del costo del predio frente al avalúo, estará listo para el 2 de enero de 2024.
Los descuentos para el pago de impuestos se establecen en la primera quincena de los meses de enero a junio, es de 10, 8, 6, 4, 3 y 2%, respectivamente. Si se efectúa en la segunda quincena será de: 9, 7, 5, 3, 2 y 1%, respectivamente. A partir del primero de julio, tendrán un recargo del 10% del valor del impuesto a ser cancelado. Vencido el año fiscal, el impuesto, recargos e intereses de mora serán cobrados por la vía coactiva.
Las personas que tengan vivienda de interés social no pagarán el impuesto predial los primeros cinco años, posterior a este período cancelarán el 50% y pasado los 10 años pagarán el valor que corresponda.
La exoneración para los adultos mayores tiene las siguientes condiciones: tener ingresos de hasta cinco remuneraciones básicas unificadas y un patrimonio que no supere las 500 remuneraciones básicas unificadas.
Para realizar los trámites respectivos, los ciudadanos pueden acercarse a los diferentes balcones de servicios.
Ficha catastral Quito: Paso a paso para obtenerla en línea
Leer másLa ordenanza contiene una disposición final que recoge y viabiliza la aplicación del Impuesto Predial Urbano e Impuesto Predial Rural y sus adicionales, incluyendo su determinación, cuantificación, tarifa, exoneraciones, rebajas y demás componentes de la obligación tributaria.
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