Quito

Controles dos en moto Quito
En el operativo una persona fue aprehendida por conducir en estado etílico.Foto: cortesía / AMT

Control de motos en Quito: 28 de 47 conductores no tienen licencia

47 conductores de moto incumplieron la normativa vigente en Quito

En dos horas, 47 conductores fueron sancionados este 28 de agosto de 2024 durante los operativos de control de dos personas en moto que realizó la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), en el sur de Quito. 

Durante los controles en el sector de los Dos Puentes, desde las 06:30 hasta las 08:30, se verificó el cumplimiento de la Ordenanza 079 que regula la circulación de dos personas en moto. En el lugar, los agentes detuvieron a los conductores y les solicitaron la documentación correspondiente.

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De acuerdo con información de la AMT, en el operativo se identificó a 47 conductores que incumplieron la normativa vigente y hasta siete tipos de infracciones. La más común: no portar la licencia de conducir. Por esta falta se emitieron 28 citaciones.

Otras ocho personas también fueron citadas por conducir sin las placas de identificación correspondientes. Las otras sanciones se emitieron por: 

  • Dos citaciones por instalar luces, faros o neblineros en sitios prohibidos del automotor, sin la respectiva autorización. 

  • Dos por transportar un número de personas superior a la capacidad permitida. 

  • Una citación por no utilizar adecuadamente el casco de seguridad homologado.

  • Una por estacionar un vehículo en sitios prohibidos por la ley o los reglamentos de tránsito.

  • Una por conducir con licencia caducada, anulada, revocada o suspendida.

En el operativo también se retuvo cuatro motocicletas por valores pendientes y una persona fue aprehendida por conducir en estado etílico.

Normativa vigente

El Concejo Metropolitano aprobó el pasado 9 de julio el Proyecto de Ordenanza Reformatoria del Libro IV.2, ‘De la Movilidad’, que regula el tránsito y transporte de quienes circulan en moto.

La normativa ratifica la resolución de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) que garantiza la libre circulación de una sola persona por motocicleta, como capacidad máxima permitida. 

Sin embargo, se establecen excepciones que incluye al cónyuge o conviviente, hijos o hermanos del conductor, adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres, menores de 12 años y servidores públicos que por su labor requieran viajar con un pasajero.

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