
La Corte Constitucional admite demanda de Guarderas
El Pleno deberá determinar si le da prioridad a la causa para saltarse el orden cronológico
La Sala de Admisiones de la Corte Constitucional admitió a trámite, este 26 de agosto, la acción de protección presentada por Santiago Guarderas y otros concejales en contra de la decisión de la Sala Civil y la Corte Provincial de Justicia de Pichincha que restituyó en el cargo de alcalde de Quito a Jorge Yunda.
La decisión se tomó con los votos de los jueces constitucionales Karla Andrade Quevedo (ponente) y Ramiro Ávila Santamaría, en tanto que Agustín Grijalva Jiménez salvó su voto al considerar que el recurso fue ingresado de forma anticipada y prematura, porque la decisión no se encontraba ejecutoriada a la fecha de presentación de la demanda.
Dicho proceso está todavía en etapa inicial, ya que ahora la causa pasará a conocimiento de la Corte Constitucional. Y será este organismo el que determine si el trámite debería alterar el orden cronológico y ser considerado como prioritario.
Según el criterio del abogado constitucionalista André Benavides, las condiciones para que se adelante el tratamiento de la causa sí se cumplen, ya que es un evento de trascendencia nacional evidente.
Sin embargo, “es rarísimo que la Corte Constitucional dé un trámite prioritario. Por regla general se debe seguir un orden que puede tardar meses o incluso años. Sin embargo, el caso Yunda lo amerita, más aún con la situación que está viviendo Quito, que no sabe quién es el alcalde”, opinó el constitucionalista.
De darse la calificación de trámite prioritario por parte del Pleno, Benavides estima que la causa podría tomar entre 30 y 45 días en resolverse.
El 1 de julio, la jueza María Belén Domínguez Salazar aceptó parcialmente una acción de protección presentada por Yunda a la decisión de remoción del Concejo Metropolitano. El 30 de julio la Corte de Pichincha, con un dictamen de mayoría, le permitió a Yunda volver a la Alcaldía. En la decisión de admisibilidad del organismo se considera que los accionantes presentaron un argumento claro sobre la relación entre la vulneración de derechos y las decisiones jurisdiccionales impugnadas.