Quito: A debate más sanciones por viajar dos personas en una moto
El aumento de asaltos en motos motiva al Concejo a debatir una ordenanza. Entre 2021 y 2023 se registraron 4.000 delitos con este tipo de vehículos.
Una cámara de seguridad captó el asalto a una estudiante. La joven corre por una avenida del extremo norte de Quito y una motocicleta, con dos hombres a bordo, la persigue. Uno de ellos se baja y le amenaza con un arma blanca.
El hombre le patea en una pierna y la estudiante cae al piso. En el suelo la golpea y la arrastra hasta quitarle sus pertenencias. Luego huyen del lugar.
En otro hecho que fue registrado por cámaras de seguridad y que circuló en redes sociales en febrero, un asaltante se baja de una moto y dispara a quemarropa a un joven para quitarle el teléfono celular. El ataque ocurrió en el norte de la ciudad.
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La víctima quedó tirada en la vereda, aparentemente sin vida. De pronto se empezó a mover. Las balas que le dispararon eran de goma y le causaron serias heridas en el cuello.
No se trata de situaciones aisladas. Según datos del Distrito de la Zona 9 de la Policía Nacional, que corresponde al Distrito Metropolitano de Quito (DMQ), entre enero de 2021 y agosto de 2023 se registró un promedio de 122 casos mensuales de delitos cometidos en motos.
Por años, entre 2021 y 2023, hubo 4.000 delitos en donde estuvo involucrada una moto.
Si bien desde 2022 en Ecuador rige una resolución emitida por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), que regula la capacidad permitida de personas que se transportan en motocicletas dentro del territorio nacional, los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), a través de su órgano legislativo, están en la capacidad de establecer reglas complementarias relacionadas con este control.
En ese contexto, el 19 de marzo de 2024 está previsto que el Concejo Metropolitano realice el primer debate del Proyecto de Ordenanza de la incorporación de la regulación sobre el control de la circulación de motos en el DMQ.
Esto como un mecanismo para evitar el cometimiento de delitos bajo esta modalidad que, según la Policía, se “presenta con una importante frecuencia”.
Este proyecto es el segundo que plantean los ediles sobre la materia, tras la propuesta para regular el servicio de deliverys, cuyo fin es identificar a motorizados para evitar asaltos.
Una de las propuestas es que, además de las sanciones previstas en el Código Integral Penal (COIP), se sancione con la retención de la moto en los espacios habilitados por el GAD de la capital.
También, que los operativos de control se realicen conforme a las directrices que se emitan por la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) y que además se promueva la colaboración con otras instancias gubernamentales.
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Leer másDe acuerdo con información de la AMT, en 2023 se realizó 1.026 operativos a motos, de los que se sancionó a 84 conductores por infringir el artículo 390 del COIP.
Para Diego Pérez, docente en la Escuela de Seguridad del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN), esta medida no necesariamente ataca el problema de la inseguridad en Quito. “Si hay dos personas confabuladas, cada una en una moto, igual van a delinquir”, dice.
Pérez explica que en primera instancia se podría atenuar estas acciones. Sin embargo, restringir el uso de ciertos medios de transporte no implica una medida concreta y determinante para garantizar la seguridad. Sugiere pensar en acciones en términos amplios, además del trabajo conjunto entre el Gobierno, el Municipio y la Policía.
Para Lautaro Ojeda, investigador y analista de seguridad pública, no se trata de una medida trascendente, pero sí complementaria dentro de otras acciones que se deben tomar para fomentar la seguridad ciudadana.
Ojeda considera que es importante tratar el tema como un problema estructural, más no coyuntural, y abordar las causas que lo originan.
Dos años de la normativa
Las cifras de asesinatos cometidos por personas que se trasladan en moto fue uno de los detonantes, en 2022, para que la ANT emitiera una resolución que admite un solo pasajero a bordo de una moto. Ese año, solo de enero a mayo, 220 personas fueron asesinadas por hombres que viajaban en ese medio de transporte.
El artículo 2 fija seis excepciones para quienes sí pueden movilizarse en moto sin restricción de pasajeros: Si se trata de cónyuge o conviviente en unión de hecho, hijos o hermanos, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres, niños menores de 12 años.
La sanción está fijada en el Código Orgánico Integral Penal. La multa es del 15 % de un Salario Básico Unificado. En el DMQ se plantea también la retención de la moto.
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