Operativos por exceso de velocidad en Quito: ¿Por qué podría ir preso?
El Código Orgánico Integral Penal establece las sanciones para quienes excedan los límites de velocidad
La Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) dio inicio este martes 30 de julio, a los operativos de control de exceso de velocidad en Quito, con el objetivo primordial de reducir los accidentes de tránsito y mejorar la seguridad vial en la ciudad.
¿Cómo está la calidad del aire en Quito? Emiten alerta para tres sectores
Leer másLa implementación de estos controles se enmarca en un esfuerzo por mitigar el creciente número de incidentes relacionados con el exceso de velocidad. Según un comunicado de la AMT, durante la primera hora de operativos, de 08:00 a 09:00, se registraron seis sanciones por velocidad excesiva.
El primer operativo sancionador se realizó en el sur de la capital, frente a la Plataforma Gubernamental en la Avenida Quitumbe Ñan. Iniciado a las 8:00, en los primeros 16 minutos se impusieron sanciones a dos personas. Para las 9:00, el número de sancionados había ascendido a seis, y se reportó la detención de un ciudadano de nacionalidad china.
¿Cuáles son los límites de velocidad?
- En la zona urbana, el límite de velocidad para vehículos livianos, motocicletas y similares es de 50 km/h, con un margen permitido de entre 50 y 60 km/h.
- Para vehículos de transporte público de pasajeros, el límite de velocidad es de 40 km/h, con un margen permitido de entre 40 y 50 km/h.
Correísmo promoverá juicio político contra ministro de Finanzas; ADN reacciona
Leer másDavid Arguello, coordinador de operaciones de la AMT, detalló que las multas serán de 138 dólares para quienes excedan el límite de 50 km/h, y un Salario Básico Unificado para quienes superen los 60 km/h.
¿En qué circunstancias un ciudadano podría ser detenido?
El artículo 386, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece "pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado y reducción de diez puntos en la licencia de conducir para quienes excedan los límites de velocidad fuera del rango moderado".
Asimismo, el artículo 389, numeral 6, señala lo siguiente: "multa equivalente al 30 % de un salario básico unificado para quienes excedan los límites de velocidad dentro del rango moderado".
Lea también: Elecciones 2025: eliminar el CPCCS, una fuerte promesa de campaña electoral
📢 #AMTInforma | Iniciamos 👮🏽♀️🚔 los operativos sancionatorios de velocidad en la av. Quitumbe Ñan, sector Plataforma Gubernamental Sur.
— AMTQuito (@AMT_Quito) July 30, 2024
🚘 Baja la velocidad, nuestro objetivo es que llegues a salvo a tu destino.
💪 Con responsabilidad #QuitoRenace pic.twitter.com/zx1oq0bFah
Para seguir leyendo EXPRESO sin restricciones, SUSCRÍBETE AQUÍ