En Corte Constitucional se desarrolla la audiencia de acción extraordinaria de protección contra Yunda
La defensa de Santiago Guarderas argumentó violaciones de derechos y sentencias contradictorias en las acciones presentadas por el alcalde en disputa
Decenas de personas llegaron este lunes 13 de septiembre de 2021 a los exteriores de la Corte Constitucional (CC) en donde se sustancia la audiencia por la acción extraordinaria de protección presentada por Santiago Guarderas.
Guarderas busca que la CC resuelva la disputa generada en la Alcaldía de Quito que al momento cuenta con dos posibles autoridades: Guarderas y Jorge Yunda quien fue removido de su cargo el pasado 3 de junio.
El origen del recurso de Guarderas es la acción de protección presentada por Yunda y que según la Judicatura fue sorteada de forma irregular para que la conozca la jueza de Violencia María Belén Domínguez. La funcionaria concedió parcialmente la acción y en apelación fue resuelta por dos jeces de la sala Civil de la Corte de Pichincha que dejaron sin efecto la remoción de Yunda.
La jueza sustanciadora Karla Andrade Quevedo convoca a las partes procesales a la Audiencia Pública telemática del Caso 2137-21-EP.
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En cambio Guarderas cuenta en su favor con el fallo revocatorio de las medidas cautelares, el otro recurso que interpuso Yunda para evitar que se concrete la remoción del cargo.
En su exposición el abogado Juan Francisco Guerrero recordó lo ocurrido durante la sustanciación del trámite de remoción que contó con tres pedidos de remoción de parte de Yunda. Dijo que la sentencia de Domínguez violó los derechos de Guarderas a ser juzgado por un juez competente, agregó que no hubo decisiones motivadas y se violó el derecho a la seguridad jurídica.
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Leer másPara el abogado se ha producido un posible fraude legal y constitucional. Añadió que con esa acción lo que se ha hecho es restarle eficacia o validez a la actuación del Tribunal Contencioso. Mencionó que en las sentencias por las acciones presentadas por Yunda existe contradicción pues en la de primera instancia la remoción no fue cuestionada. Pero la de segunda instancia dice que debió presidir la Comisión de Mesa pero al hacerlo se convirtió en juez y parte.
Emilio Suárez, otro de los abogados de Guarderas, señaló que lo resuelto en la Comisión de Mesa no genera efectos jurídicos, no era vinculante, no implicaba remoción del alcalde, no resolvió pedido de recusación. Agregó que la acción de protección de Yunda era improcedente y buscó que la justicia asuma las competemcias del TCE, eso es resolver sobre el cumplimiento del debido proceso en el procedimiento de la remoción de una autoridad de elección popular.
Pidió se declaren vulnerados los derechos de su defendido y se deje sin efecto la sentencia de la Corte Pichincha y de la jueza Domínguez. Además, solicitó que se designe otro juzgador que resuelva el pedido sin violentar procedimientos.
La suspendida jueza Domínguez explicó a la jueza sustanciadora Karla Andrade que desde el 9 de julio fue suspendida en funciones y por eso comparece como abogada. Indicó que en su caso se ha solicitado que se califique el error inexcusable.
Manifestó que el accionante ha presentado tres cargos como posibles de derechos vulnerados en la sentencia: la falta de juez competente porque existía un juez natural, falta de motivación que por la sentencia de primer nivel lo hace por decir que no se da respuesta a las alegaciones de Guarderas y que no se hizo absolución de consulta de la Procuraduría y eso afecta a laseguridad jurídica.
Domínguez expuso que en su fallo el único cargo que se aceptó fue la falta de juez imparcial para el alcalde en disputa Jorge Yunda, que no condenó ni las declaraciones o la actuación de Santiago Guarderas porque esas correspondía a un ejercicio de su derecho a la libertad de expresión y que lo único que se aceptó es que el mismo órgano que instruyó el informe y que luego son las mismas personas, integrantes de la Comisión de Mesa, las que deciden. Reiteró que no se vulnera derecho constitucional alguno y que toda la interferencia en la justicia constitucional corresponde a que la decisión no ha sido del agrado del accionante.
Marcia Flores en representación de los jueces de la sala Civil de Pichincha cuestionados indicó que el 10 de agosto cuando Guarderas presentó su acción contra la sentencia del voto de mayoría había pendiente aclaración y ampliación presentada por Yunda y que solo pudo correrse traslado de la misma el 16 de agosto porque los jueces estaban suspendidos. Pidió que se desceche la acción extraordinaria por ser improcedente. La Procuraduría pidió que se acepte la acción extraordinaria.
De la defensa de Yunda se hizo cargo el jurista guayaquileño Jorge Zavala Egas. Él habló del contenido del informe de la Comisión de Mesa y se enfocó en análisis constitucionales. Para él lo principal del fallo que tiene que resolver la Corte es si el procedimiento para la remoción de dignatarios existe una actividad de control político que se decide por mayoría de votos. En donde hay una mera subjetividad y al tacho de la basura los derechos de las autoridades elegidas. Al momento sigue la audiencia en la Corte con la exposición de Zavala Egas.