RENOVACION PARCIAL CNE
La presidenta del CNE, Diana Atamaint, y el titular del TCE, Fernando Muñoz (d).ARCHIVO

El CNE deberá 'controlar' publicidad electoral en redes sociales, ¿cómo hacerlo?

La publicidad electoral por esta vía deberá ser observada, dictaminó el TCE. El órgano electoral tiene sus reparos

El 8 de mayo de 2024, en el marco de la denuncia electoral presentada en contra de Alembert Vera por presunta infracción electoral, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) insertó un nuevo frente a las campañas electorales: el ‘control’ a las redes sociales.

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De acuerdo con la sentencia de mayoría, el TCE resolvió definir como regla jurisprudencial que las publicaciones realizadas por redes sociales que tengan como objetivo “movilizar la voluntad popular a favor de una candidatura o en perjuicio de alguna opción electoral”, sea considerada publicidad electoral.

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Esto implica que, según señala la sentencia de mayoría del TCE, la publicidad electoral realizada a través de redes sociales está sujeta a control, así como un análisis argumentado, por parte de los órganos de la Función Electoral, entre ellas, y como primer filtro, el Consejo Nacional Electoral (CNE).

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Para Pamela Troya, activista y excandidata a consejera del CPCCS, la disposición del TCE es oportuna en tiempos en que las redes sociales son cada vez más una vía utilizada por los actores políticos, sobre todo en tiempos de campaña electoral, para convencer a los ciudadanos.

Sin embargo, a Troya también le preocupa que el CNE encuentre resquicios por los cuales incumplir esta disposición: “En campaña basté solo yo para hacer un monitoreo de lo que estaba pasando en redes sociales con los de la ‘Liga Azul’. No se necesita de un aparataje (...). El CNE ha gastado en procesos sin sentido, en lugar de esto”.

De hecho, en declaraciones para EXPRESO, Enrique Pita, vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), se limitó a indicar que es complejo tener una postura cuando el órgano electoral no ha sido parte procesal de la denuncia mediante la cual el TCE ha definido el ‘control’ de la publicidad electoral en redes sociales.

No obstante, Esteban Ron, jurista y experto electoral, sostiene que el pleno del CNE no debe dar muchas vueltas a lo dispuesto en la sentencia del TCE, pues la regla jurisprudencial es de inmediato cumplimiento y deberá ser modulada a través de los reglamentos internos del órgano electoral.

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Aunque en su momento Diana Atamaint, presidenta del CNE, alegó que la falta de control a las redes sociales en tiempos de campaña electoral se debía a una sentencia de la Corte Constitucional, Ron aclara que este nuevo mandato del TCE “modifica” la regla precedente de la Corte Constitucional.

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Según continúa, esto implica que, incluso desde las elecciones presidenciales de 2025, el CNE incluya el rubro de monitoreo de redes sociales en sus planes operativos y que, internamente, los reglamentos instrumenten el ‘control digital’ que se ejercerá a las organizaciones políticas y sus actores.

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“Se deberá tener un registro de las redes sociales de campaña, tanto de los partidos políticos como de sus directivas y candidatos”, señala Ron y recuerda que el control que ejerza el CNE se deberá enmarcar en la inducción al voto ya definido por el TCE que realicen las organizaciones políticas.

Sin embargo, para la excandidata Troya todo se resume en la voluntad política que tenga el CNE para la rápida implementación de este monitoreo de redes sociales. “He visto un CNE operativo para denunciar a Construye y ser muy diligente para inscribir al partido del presidente (...)”, dice y recuerda que el cumplimiento de esta disposición será esencial para equilibrar la cancha electoral.

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