La ‘voz’ de la Vicepresidencia está supeditada a la Canciller
Las opiniones de Verónica Abad provocaron que Cancillería la restrinja. La acción es legal, según expertos.
Las fricciones entre la vicepresidenta, Verónica Abad, y el Gobierno de Daniel Noboa reaparecen. Esta vez, las diferencias surgieron por las declaraciones que realizó la funcionaria desde Israel.
La Vicepresidencia emitió un comunicado el martes, en donde daba a conocer que, en un oficio remitido a la legación diplomática que ella dirige en ese país, el Ministerio de Relaciones Exteriores dispone “prescindir de efectuar nuevas declaraciones a medios de comunicación, ya que no cuentan con la autorización e instrucciones de la señora canciller”.
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La resolución se envió luego de que Abad brindara una entrevista en donde opinaba sobre la consulta popular y consideraba que el primer mandatario incumplía con los ofrecimientos de campaña de bajar los impuestos, en relación a la propuesta de aumentar el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La directriz para que la vicepresidenta evite pronunciamientos se ratificó en otro oficio firmado por la canciller Gabriela Sommerfeld, en donde, además, se sugiere a Abad “abstenerse de realizar cualquier acción sobre el acuerdo que involucra la concreción de 25 mil plazas de trabajo en Israel”. A decir de Exteriores, ese tema se lo negocia “al más alto nivel”.
Las disposiciones generaron interrogantes sobre si una canciller puede o no dar instrucciones a la vicepresidenta.
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Leer másEl exvicecanciller Marcelo Fernández de Córdova dice que Abad, ante todo, es la representante de Ecuador en Israel. Por tanto debe acatar las disposiciones de Cancillería, por la jerarquía que tiene la institución sobre los otros funcionarios diplomáticos.
El político y exministro de Gobierno Francisco Jiménez explica que la máxima representación del Poder Ejecutivo es la Presidencia de la República. Esta, a su vez, delega sus atribuciones para dirigir la política exterior a la canciller. Por ello considera que es perfectamente legítimo que Sommerfeld establezca las pautas para determinar la posición de Ecuador con respecto a temas internacionales. “No parece razonable que la vicepresidenta pueda inmiscuirse en funciones que no le son propias”, sostiene.
Los límites de lo que pueden hacer o no los funcionarios diplomáticos están regulados. El diplomático Francisco Carrión manifiesta que, aunque “esta es una situación ‘sui géneris’ porque la vicepresidenta es embajadora, existe la Ley Orgánica del Servicio Exterior que dispone a los embajadores consultar con Cancillería antes de hacer pronunciamientos públicos”.
El internacionalista Carlos Estarellas coincide y señala que la titular de la Cancillería tiene la facultad de dar instrucciones a todos los embajadores del Ecuador. “Ellos necesitan pedir autorización para pronunciarse, pues este tipo de declaraciones sí pueden afectar el desarrollo de los convenios bilaterales”. Sin embargo, cree que frente al conflicto que se da porque la embajadora es la segunda mandataria, “prohibirle hablar es complicado”.
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Una opinión similar expresa el exembajador Mauricio Gándara, quien considera que este tipo de situaciones no son frecuentes. Resalta que, en este escenario, sobre las funciones específicas que debe cumplir un funcionario, “la Cancillería es la que tiene el mando”.
‘Debería trabajar en equipo’
La Constitución señala, en el art. 149, que “la vicepresidenta o vicepresidente de la República, cuando no reemplace al presidente, ejercerá las funciones que este le asigne”. En este sentido, Jiménez considera que Abad podría trabajar un poco más en equipo con el Ejecutivo. Habrá desacuerdos, “pero tener todo el tiempo a una vicepresidenta que cuestione las decisiones presidenciales no parece ser lo más sano para el Gobierno ni para el país”.
El analista Estarellas concuerda y recomienda al régimen no perder el tiempo, pues “el logro no es para Abad ni para la canciller, sino para el Ecuador”.
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